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lrnLAf:IO:>iES CON WS EXTRAÑOS 2. Sin embargo, no puede negarse que a vecc8, con el JWelexto de corregir supuestos o reales abusos, los Reyes y sus Ministros se entrometieron en asuntos de exclusini. cornpelen– (!r, los superiores, pagando así tributo al regalismo, que lnntos daños había de causar en el período siguiente. Ya se dijo cómo el P. Juan tle Ocaña. no ·obstante la com– placencia con que le escuchaba Felipe IV, fué desterrado de 1a Corte por la franqueza evangélica de su predicación (7\. Al rnl\·!'t' el P. Lenndrn de Murcia del ,'.upílulu general de 165ü, ;d que había asistido como Cuslodio de la Prnvincia, el mismo IV, en virtud de una Real Orden fechada el 10 de odu– ln•p de aquel año, lo relegó al más remoto convento de la Man– drn. por no lrnbe1· seguido en Roma los planes del Monar– e¡1 , • Por igual motivo fué desterrado a Portugal el P. l\lar– tín dP Torrecilla c•n 1678, pues se había opuesto a la confir– mación del P. Francisco de Jerez en el oficio de Definidor como el Hey deseaba. No es el caso de repetir aquí el de8asosic•go que esta arbitraria medid,1 produjo en la Provin– cia . El mismo Carlos II, el 18 de mayo de 1692, apenas llegó u la CodP el P. Genel'al, Bernardino de Arezzo, lt• ctJmunicú su deseo de que mandara fuera de los límites de las dos Cas– lifl,. ,, al P. Guardián de San Antonio, que lo era desde 1690 el PadrP Felipe de Segura; e inmediatamente fué ejecutada la ord<'Il real (10). Felipe V no permitió a los capitulares de Cas– lil!n que se trasladaran a Roma en 1712 y 1718, para partiei- 1· a los capítulos generales (11); en 17H fueron expulsados dos ll<·f1nidores provinciales por ser poco afectos al Rey, quien ,-;-, Véase más arrilm, p. 4G. Sin embal'go, pi mismo Felipr IV recomen- en 1635 a Sll EmJ,aja¡lor noma q,:,. l1icicnt presrntc al Papa que no era cierta la quoja drl Nuncio de que al¡rnnos Capuchino;;, por el ardor lJalllaholl dP la rrligii",n, soliviantalluu los puPlllos. Cf .'\rcl1. Em– de España, Leg. Gü, f. 57. No consta a qué Gapuchi':os se refiere. Ct'. Arcli. Emliaja.!a de Es¡mfia, Leu. 139. L 201-20:l rl V( 1 ase más arri!Ja, p. 48 sig. (:10' Cf. Arcl1. Vaticano. l\'un::;iaturn. di Spa:71w, t 172, L 121 La carta dPl ?\uncin tiene la fecha 27 marzo 1692. (11) Cf. Analecta Ordi.nis Fr. Jlfin. S. Francisci Capuccinorum, 1R\l2, t. VIII, p. 13. Acerca <Ir la tirantez de relacione:,; rntre Madrirl y noma por tnlonces véase M. MENÉNDEZ y PELAYO. Historia de los lil'/!>l'Ofi(j./;OS, í, V!, p. 53 sig., Madrid, 1930.

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