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88 L\ \IIJA DEL\ PllOVINCIA (1618-17116) lada por d capítulo ge~1el'Ul de 160;¿; algunas Provincias no "i1: adnplahan fácilnwnle, y los Superiores genemlns hubieron dt• insif-tir repC::tidas veces sobre este particular del rógimen edu– cacional de la Orden (1). En Castilla aparecen por vez prime– ra estos centros de formación el año de 1G44 y se les denomi– na Srminarios de nuevos (2) : se erigieron dos, uno en Toledo y el otro en Toro; en este último convento continuó lwl;c;ta 1658, rwro la n•siclellcin clP los mismos se cambiaba con frp– cuencia. Es nece::,ario nclarat· una idea que acahau1os de enunciar. Dij irnos que en los segundos noviciados no se estudiaba; sin embargo, pal'll el primer seminario de nuevos de Castilla st· nombraba un maestro de gramática, lo cual parece indicar' qw· lo nwnos se explicaban algunas lecciones de Pstu nsignal.m·a. Hasta 1665 no consta que se nombraran profeso– res. El Papitulo provincial de 5 de septiembre de 1670 estahlr– ció drfinit¡n1mente "un estudio de gramática que juntamen– li\ fuesp smlinario" (3). A partir de 'i 705 este estudio o curso de gramática se denominó "curso de letras humanas", para que nadie pensara que se recibía al hábito ·'gente ignorante y :-in !ali ni dad'' . Posteriormente se adoptó en la Provincia ,m rPgla1m,nlo espPcial para estos seminarios de nuevos o sP- 1,; noviciados. 3. Después de superado laudablemente el período del se– minario o clericato. los jóvenes que por su bondad e ingenio dnhnn fundndnr.; Psperanzas, Pl'lln pur>stor.; al estudio de la fi– losofía por un trienio, transcurrido el r·ual pasaban al estudio de la tPolo¡:da por rspacio de cuatro años. En Castilla sP ob– tenía cnn freeuenria dispensa para ordenar a los cstudinnles antes del tir'mpo prPscr·ito por la Igksia:, y con lirPncia drl Nuncio. los qup estabnn para terminar los cursos podían pre– dicar aun antes de obtener la patente dr p!'ediradores (5). (:!) 1;f, VF'.li·\:'\TH'ó- A LISLE-EN-RrGAVLT, ¡l{o¡,umen/11 ad c011stitulim1es, p:í- ;;Jna D2 :---iir. (2) Cf. Eí'W"ÍO, p. :]O. (3) Gf. Jl1lfl., liD. (4) Cf. MELC!!OH DE Pom,ADCllA, LOS Colegios serdficos, p. 4:l. (5) Cf. !\,hHTh: ni.; TnrrnECILL·\, Consultas, apologias, cte., t. J, p. 523, n. 90, Madrid, 1702.
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