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LOS CAPUCHINOS EN FILIPINAS Cabildo, se permitió la vuelta provisional de la venerada imagen a la parroquia de la Ermita. Hecho que revistió gran importancia y solemnidad y que puso en movimiento al pueblo católico de todo Manila, como lo demostró, tomando parte en la magnífica procesión y ani– mados cultos que en la Ermita se celebraron. El año siguiente volvió a la carga el intrépido párroco, y, después de repetidas instancias y de conferencias privadas con el Sr. Arzobispo, con el Sr. Párroco de la Catedral P. José Tahón y con el Cabildo, se obtuvo finalmente, después de casi un siglo y medio, la vuelta definitiva de la histórica imagen a su parroquia de la Ermita en medio del júbilo y aclamaciones entusiastas de sus fervorosos felígreses 2 • La prensa comentó extensamente este hecho extraordina– rio, llevado a feliz término sin riñas ni disgustos, gracias a las hábiles gestiones realizadas por los Párrocos de la Ermi– ta durante casi 20 años 3 • 2. Junto con la Imagen se devolvieron todas sus alhajas, vestidos, etc., lo que podíamos llamar el tesoro de la Virgen de Guía, firmándose su entrega el 17 de diciembre de 1918. Firmó el P. José Tahón como párroco de la Catedral y el P. Pedro de Rentenría en nombre del P. Vicente. Al mismo tiempo se entregó a la Catedral la Imagen-copia de Ntra. Sra. de Guía que, en ausencia de la imagen auténtica, se veneraba en la Ermita, también con sus allíajas y vestidos, que eran bastantes. Véase Archivo parroq. de la Ermita, Carp. del traslado de Ntra. Sra. de Guía. 3. El Decreto del Sr. Arzobispo fue dado el 28 de noviembre de 1918 y copiado a la letra dice así: "Accediendo a las repetidas instancias y fervientes deseos de los feligreses de la parroquia de la Ermita, expuestos por su digno Párroco R. P. Fr. Vicente de Pamplona, Religioso Capuchino, ordenamos por las presentes y por lo que a Nos toca, la traslación de la Imagen auténtica de Nuestra Sra. de Guía, depositada en la Catedral de Manila, a la Iglesia Parroquial de la Ermita, con carácter provisional, para que allí sea venerada y custodiada, hasta que se dé una resolución definitiva al expediente, ya incoado, sobre la pertenencia de dicha ima– gen en la mencionada Parroquia, disponiendo al mismo tiempo que, 231
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