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-651- testad indirecta del Sumo Pontífice sobre las cosa.~ temporales, mas no la directa, como dejamos de– mostrado. En este sentido, toda la caja de truenos, que saca en este párrafo, cae por su base: «Dejo ya indicado que la doctrina de este buen religioso, en su tomo cuarto, página 94, es enteraniente absurda, intolera· ble, que no admite explicación alguna, que debe proscribirse de todos modos, un error, en fin , tan craso y tan enorme, que merecía sin duda en mi dictamen una providencia severa y ruidosa, t anto con el autor que la produjo, como con el qu e dió su apro · bación para que se estampase en la prensa. >> La solución que propone es diE.tinta de la del Sr. Gómez de la Torre: ,, Atendiendo a que quizás habrá sido arrancada de la boca del autor por efecto de una adhesión indiscreta y ciega a las opiniones que desde el siglo XIII y XIV se sentaron por algu- . nos como unas máximas infalibles, que ya desprecia todo el mundo, y teniendo en cuenta el alto genera l concerto que disfruta en toda nuestra E spaña el mi – sionero Padre Cádiz; y después de haber reflexio– nado sobre las resultas que podrá tener en el público una providencia estrepitosa con este sujeto, me pa– rece que e l medio más acreditado para conseguir el que reconozca , confiese y deteste sus graves errores, será el dé hacérselos presentes por el conducto y persona que fuere del real agrado de Su Majestad, exponiéndole la falsedad de los pasajes que llevo referidos y de cualquiera otro que pueda encontrnrse en sus obras; y mandarle, finalmente, que por un escrito impreso desengañe al público, y le instru • ya de lo que hay de cierto en cada uno de los puntos , especialmente sobre la independencia abso • Juta temporal de los soberanos y de la inviolable fidelidad que les es debid a por todos sus vasa ll os .

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