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-635- mas; y por tanto esta potestad indirecta se extiende a todas las personas, cosas y acciones, bajo el res– pecto espiritual, en cuanto las cosas temporales son necesarias para obtener este fin u pueden impedir su consecución, pues entonces la Iglesia tiene el dere– •cho de remover este obstáculo. Opónese a esta doctrina el galicanismo, que nie– ga al Papa toda potestad directa o indirecta; el re– galismo, que declara al rey absolutamente indepen– diente de la autoridad pontificia; y el liberalismo, heredero del cesarismo antiguo, que defiende la se– paración absoluta de la Iglesia y del Estado. Es, pues, la cuestión de las dos potestades la que se agitó entre los Sumos Pontífices y los emperadores de Roma y de Bizanciu; entre el Pontificado y el Imperio en la Edad Media; entre el regalismo y el liberalismo y los últimos Pontífices, y resuelta admi– rablemente en nuestros t iempos, en las Encíclicas Quanta cura de Su Santidad Pio IX e fnnzortale Dei de S. S. León XIII. Proceso del Beato Diego.-La delación, hecha al ministro D. Mariano Luis de Urquijo, fué pasada por éste al Gobernador del Consejo Supremo de la Inquisición, D. Gregario de la Cuesta, el cual se dirigió al Ministro Provincial de los Capuchinos de Andalucía, Fr. Jerónimo de Cabra, por medio del Procurador General de la Orden en la corte, y por este conducto llegó a noticia del Beato Diego. Apre– suróse éste a escribir un memorial, en el que se pone a la disposición del Inquisidor General, suplicándo– le le remitiese copia de las proposiciones delata– das y de sus censuras, para hacer su retractación y declaración. En el segundo correo volvió a repetir lo mismo, a lo que respondió el Inquisi dor General, Arzobispo de Burgos, asegurándole que se le daría la copia pedida, porque así estaba prevenido por Su
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