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- 629 - ron en los pasados los herejes, no se detienen en afir– mar que es necesario restringir las facultades del Sumo Pontífice, para que de ninguna manera las ejercite con la extensión y amplitud que le compete. De lo contrario no dudan asegurar que resultarían los grandes perjuicios que de tolerarlo juzgan del todo irremediables. ¿No véis cuánto se asemeja esto a lo que de los fariseo s, enemigos de Nuestro Señor Jesucristo, nos refi ere el Santo Evangelio, cuando, para impedir los progresos de su predicación y ma · rav:llas, con una muerte injusta, alegaban igual mot i· vo? Si dimittimus eum sic, omnes credent in eum; ,et venient ro ·n ani, et tollent nostrum locum r t gentem. Pero no quieren conocer los que asi piensan, que por esta su impiedad en anteponer a los eternos los bienes temporales, pierden y perderán sin reme– dio los 1111 0s y los otro~ . QL1e al tamente lo dice nues– tro Padre S. Agustín: Temporalia perdere timue– runt, et vitam neternam non corrilaveruni, ac sic utrumque amiserunt. ( !) Ten emos un ejemplar que no puede ser más oportuno para nuestro escarmiento y precaución . Nunca olvidéis la doctrina del Padre S. Cirilo, que enseiia ser de derecho divino el re c;– petar y obedecer al Papa , como al mismo jesucristo, ni la formidable sentencia del Espíritu Santo , en que, fulm inando su divina maldición contra los que de s· precian esta suma potestad de la Sanh Iglesia en su cabeza, declara y afirma que serán condenados para siempre los que lleguen a blasfemarla: J]!/ale– dicti erunt qui contempserint te, et condemnati erunt omnes qui blnsphemaverint te . (2) Ya no se os hará extraño que, pensando tan si – ·niestramente los que así piensan , quieran vivi r sepa- (1) Tract. 49 in J oan. (2) Tob . Xlll-16.

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