BCCCAP000000000000000000000177
- 392 -- Primera proposición. «Los favores del celibato son obstáculos de la población útil, esto es, de aque– lla que solamente debe procurar el Gobierno, y a esta materia pertenece la materia de los célibes vo– luntarios ... y del clero secular y regular.» Esta pro– posición consta de dos partes : la una en que dice que los favores del celibato son obstáculo de la po– blación útil, esto es, aquella que se debe procurar por el Gobierno, y esto es sapiens haeresim, por– que manifiestamente supone son mejores los bie– nes del matrimonio que los de las vírgenes; lo cual es formalmente herético, como lo es también decir se debe anteponer el matrimonio al celibato. Así ex– presamente lo declara el Santo Concilio de Trento en el c. I de la ses. 24, y S. Pablo en la primera Epístola a los de Corinto, cap. VII, v. 38. La segunda parte dice: «Y a este propósito per– tenece la materia de los célibes voluntarios, y del clero secular y regular.» Es errónea ve! haeresi proxima, porque indirectamente, cuando menos, re– prueba la continencia en el clero; y aunque esta no se halle expresamente definida por de fe, se funda en la tradición apostólica, en las leyes o definiciones de los Sagrados Concilios y en la práctica de la Santa Iglesia, contenida y defendida por los Santos Padres de ella, a todo lo que se oponía dicha propo– sición, y no menos a la doctrina de Jesucristo, que aconseja el voto de continencia y declara por más sublime su observancia por San Mateo (XIX, 12); y es también esta proposición falsa en todas sus partes, porque es muy ajeno de verdad que del celibato re– sulte detrimento a la población útil, según lo per– suade S. Ambrosio (De virginitate libr. III), y lo m:smo de la continencia del clero, como estaba mu– chas veces demostrado y lo convencía la experiencia. Segunda proposición. «Ni al Estado ni a la
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz