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5(\ PAl\T. 1, CAP. !l: DIS'l'niBUClÓN SE~IA:-IAL 1>EL TIEMPO 135. En las salidas y viajes guarden gran modestia y mortificación de los sentidos, pero sin afectación, recor– dando las palabras de nuestro seráfico Padre, quien so– lía decir que nuestra Orden ha sido dada por Dios al mundo para que éste se reforme con su ejemplo. No olviden jamás en sus cónversaciones la grave pro– hibición que nos hacen nuestras Constituciones de reve– lar los secretos de la Orden 1; y tengan también muy presente lo que nos mandan sobre el comer y pernoc– tar donde hay conventos de la Orden 2. 136. Los religiosos que están de viaje quedan suje– tos a la jurisdicción del Superior del convento donde se hospedan y, por lo mismo, a él deben manifestarle los motivos de sus salidas del convento y pedirle autoriza– ción para tratar sus asuntos; en todo lo demás que no menoscaba la jurisdicción del Superior del convento donde se hospedan, permanecen sujetos al propio Supe– rior 3 . 137. Los religiosos forasteros de buena salud, des– pués del suficiente descanso, están obligados a asistir al coro de día y de noche, y a los actos todos de la regular observancia; y a los que a esto se resistieren, el Supe– rior local no les dé en adelante permiso para salir del convento 4 • Y mientras fueren huéspedes en otro conven– to, aplicarán la Misa a intención del Superior del mis– mo 5 . 138. Los Superiores locales examinen las Obedien– cias de los religiosos que pasan por sus conventos, y no 1 Con. 231.-2 Ciln. 82; Or. 82, 2.-3 Or. 89, 1. -4 Or. 91.- 5 Or. 90
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