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ART. Il: CAPÍTl'LO O& CULPAS 33 recomendable que termine su confesión con estas pala– bras : M e acuso, además, PadTe, de todos. los. pecados de mi vida pasada, en paTticulaT de los que he cometido contm... (aquí diga el mandamiento o la virtud en que hubiera faltado y quisiera acusarse) . Después, profunda– mente inclinado, dirá el Ideo pTecoT. .. , e incorporándose luego, escuchará con atención las exhortaciones del con– fesor y la penitencia que le imponga. Por último, mien– tras el confesor le absuelve, dirá profundamente inclina– do, con fervor y arrepentimiento de todas sus faltas, .-~1 acto de contricción o SeñoT ·mio, Jesuc'Tisto ... ; besará luego la extremidad de la estola, que le ofrecerá el con– fesor; y diciendo: Sea po,. amoT de Dios, se levantará, pondrá el manto y las sandalias, si hubiere lugar a ello, y cumplirá la penitencia con los brazos en cruz. ARTÍCULO Il.-DEL CAPITULO DE CULPAS. 75. El capítulo de culpas, medio tan poderoso y efi– caz para conservar en todo vigor la disciplina de la vida religiosa e impedir las infracciones de la R egla y de :as Constituciones, se tendrá en todas nuestras casas los lu– nes, miércoles y viernes. Los profesos de votos simples y novicios, ademas de dichos días, dirán igualmente la culpa los martes, jueves y sábados, luego que los profesos solemnes se hubiert>n sentado a la mesa. 76. No se tendrá el capítulo de culpas los días que coincidan con alguna solemnidad o fiesta doble de pri– mera o segunda clase t. 1 Con 222. ~

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