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32 PART. J, CAP. U: DISTRIBUCIÓN SEMANAL DEL TIEMPO 71. Acerca de las confesiones de los novicios obsér– vese también cuanto establece el Derecho Canónico v nuestras Constituciones 1 , esto es, que, según lo exigit>– re el número de los mismos, haya uno o más confesores ordinarios residentes en el convento del noviciado ; y que. además de éstos, se les señale algunos otros a los que puedan libremente acudir los novicios en casos particu– lares ; aparte del confesor extraordina-rio, que debe con– cedérseles como mínimum cuatro veces al año, y al que todos deben presentarse para recibir su bendición . 1 :r ~n 72. Todo religioso hará su confesión semanal habi- tualmente durante !a oración, en el lugar señalado para oír las confesiones de los frailes. 73. En todos nuestros conv.entos habrá un sitio des– tinado para las confesiones de los religiosos, procurán– dose que sea lo más devoto posible. 74. Modo de confesarse.-Para que haya uniformi– dad en el modo de confesarse, se observará lo siguiente: el penitente, si llevare el manto, se lo quitará 2 , a no ser que estuviere delicado de salud ; y los coristas y herma– nos legos jóvenes, también las sandalias; y, llevando las manos juntas delante del pecho, se arrodillará con hu– mildad y recogimiento a los pies del confesor; pedirá la bendición, diciendo: Benedícite y besará luego el suelo; recibida la bendición del confesor, profundamente incli.:. nado, dirá el Confiteo-r hasta las palabras mea ma :xi.ma culpa; a continuación se acusará humildemente,· con sen– cillez y claridad, de las faltas que haya cometido contra Dios, contra el prójimo y contra sí mismo; y es muy 1 Can. 566 ; Con. 21.-2 C. 394.

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