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CAPITULO 11 DISTRIBUCION SEMANAL ARTÍCULO J.-DE LA CONFESIÓN. · 68. Para confesar a nuestros frailes señale el SuiJe– rior provincial en cada convento, según lo requiera el nú– mero de los religiosos, varios confesores que sean doctos, prudentes y estén llenos de caridad 1 . 69. Siendo el sacramento de la Penitencia medio !JO'" derosísimo para santificar las almas, todos nuestros re– ligiosos, según lo prescrito por el Derecho Canónico 2 y por nuestras Constituciones 3, se confesarán, por lo me– nos, una vez cada semana, eligiendo con santa libert:.J.d aquel confesor, entre los señalados en la comunidad, que mejor les pareciere para su aprovechamiento espiritual, y, una vez elegido, no lo muden fácilmente. 70. Mas, para que puedan participar abundantemt>n– te de la virtud de este sacramento y purificar más y más sus almas de toda. falta, recomendamos a todos los relt– giosos que no se aparten de la laudable costumbre de nuestros antepasados de confesarse dos veces por se– mana. 1 Can. 518, 1; Con. 126.----2 Can. 595, 1, 3. 0 -3 Con. 128.

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