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316 PART. UI. CAP. X!!: SEMlNARIOS SERÁFICOS dan formarse convenientemente los alumnos, y vayan ad.. quiriendo hábitos de disciplina y de virtud indispensa~ bles en su futura vida religiosa. 853. Los seminaristas seráficos no hablarán con los religiosos profesos o novicios, ni se les permitirá el ac~ ceso al interior del convento l. Tampoco los PP. Profe~ sores pueden l1ablar con ellos fuera de las horas de dasf! o de estudio, cuando ~stuvieren con ellos, o también de recreaciones literarias. Solamente lo pueden hacer los PP. Director, Vicedirector, Prefecto de disciplina y Vi– gilantes. 854. Cuatro son las cau-sas por las que se debe des~ pedir a un alumno de] seminario seráfico: la indignidad, la incapacidad física, la intelectual y la moral o espiri– tual. Indignos de permanecer en nuestros seminarios son los que cometen faltas graves de moralidad, sobre todo con compañero, en cuyos casos no debe haber demora : los que se hacen reos de abierta y pertinaz rebeldía. Son incapaces físicamente, los que tienen al venir a nosotros, o contraen después, una enfermedad que les hace imposible o muy difícil nuestra vida, o están en nota– ble peligro de contraerla por su constitución física. Son incapaces intelectualmente, ·los que son inhábiles para el estudio o alocados y faltos de sentido común. Son in– capaces moralmente, lo~ de carácter orgulloso, insumiso y rebelde ; los de temperamento violento e intratable; los de alma hipócrita y fingida y, en fin, los espíritus como– dones que sólo buscan la comodidad y el pasarlo bien. 1 Or. 247, 2.
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