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31 O PART. IH, CAP. XI: POSTULANTADO Y NOVICIADO 830. Declaración en orden al suhdiaconado.- Los CO– ristas, antes de la profesión solemne, también deben ha– cer de palabra y por escrito, ante dos testigos, la decla– ración jurada en orden al subdiaconado, impuesta por la S . C. de Religiosos el 1 de diciembre de 1931, usando para ello la fórmula que se halla en el Ceremonial t. 831. Se prepararán para la profesión diligentemen– te con ejercicios espirituales, pura confesión, devota co– munión y ferviente oración 2. 832. El rito de la profesión será el determinado en el Ceremonial s. 833. El acta de profesión solemne, que han de fir– mar el profesante, el que recibió la profesión y dos testi– gos profesos 4, se inscribe en el libro de profesiones so– lemnes que debe haber en cada convento, sirviéndose d" la fórmula arriba indicadas, y poniendo solemnem en lugar de sirr¡¡plicem temporalem. El Superior notificará dicha profesión al P. Provin– cial, para que la anote en el registro de profesiones quP se guarda en el archivo provincial y al párroco del lugar donde fué bautizado el profesante, para que se ponga la debida nota marginal en el libro de bautizados 6. 1 C. Z831.-2 Con. 27.-3 C. 2830.-4 Con. 29.----5 N. 821. - 6 Con. 29.

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