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~T. 1: OUARD1Ai~ES i99 485. Incumbe también al Superior el deber de velar por la observancia de la seráfica Regla, Constituciones y demás leyes de la Orden, corrigiendo y castigando a sus transgresores 1 ¡ vele principalmente para que no se que– brante la altísima pobreza, que debe resplandecer en to– das nuestras cosas¡ y sin necesidad, ni recurra ni permi– ta se recurra a pecunia 2. Visite con frecuencia las oficinas del convento, y no consienta que en ellas haya cosas superfluas¡ pero, al mismo tiempo, procure que no falte lo necesario. Si ob– serva en las celdas de los religiosos, especialmente de los jóvenes, alguna cosa contraria a nuestro estado, procu– re desterrarla de ellas. Vigile asimismo para que se guarde el silencio, tan– to regular como evangélico. 486. Sea muy solícito del retiro y del recog1m1ento de sus súbditos, cortando cuanto fuere posible las sali– das inútiles del convento¡ pues el mucho trato y fami– liaridad con los seglares es siempre en detrimento del es– píritu religioso. Y él mismo dé en esto ejemplo, evitan– do las visitas inútiles, y aquéllas que no sean necesarias para corresponder a nuestros bienhechores. 487. El cuidado de los enfermos y ancianos es otra de las pr-incipales obligaciones del Superior a. Obrará prudente y paternalmente, si procura más bien excederse en bondad y caridad que exponerse a ser riguroso, en panicular tratándose de enfermos, achacosos y ancianos. Procure con frecuencia enterarse de si los enfermos y ancianos están bien atendiqos por los encargados de su 1 Con. 222, 248.-2 Con. 88.-3 Con. 121.

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