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192 PART. TTI, CAP. V: SECRETARIO. CRONISTA.•• PR.OV. fielmente su oficio, y de guardar secreto sobre los asuntos a él confiados. 464. Pertenece al Secretario avisar a los Guardianes el día y hora de la llegada del P . Provincial a su convento respectivo, y enviar con toda prontitud las circulares y otros documentos que el P. Provincial remita a los con– ventos. Cuando se publiquen oficios nuevos de rezo, per– tenece al Secretario procurarlos y distribuirlos después a los conventos. • 465. Corresponde también al Secretario solicitar de los Guardianes aquellos datos estadísticos que sean de interés para el gobierno o historia de la provincia. A este fin procurará enviarles hojas estadísticas, ya impresas, que les faciliten dicho trabajo. 466. Toca al Secretario el comunicar a las custo– dias, si las hubiere, a las misiones y a cualquier otro re– ligioso que esté fuera de la provincia, cuantas noticias puedan interesarles y, sobre todo, el fallecimiento de los religiosos y de Jos padres de éstos, para que les apliquen los sufragios.; así como el comunicar a los conventos de la provincia el fallecimiento de los religiosos que han muerto fuera de ella, y tienen ese misme derecho a su– fragios. Procurará hacerlo con toda presteza y por me– dios rápidos. 467. Notificará al Director de 1a Analecta el nombre y número de religiosos enviados a misiones, y el de Jos religiosos fallecidos en la provincia y sus misiones; cui– dará de que se publique en la citada A nalecta la necro– logía de los religiosos que se han distinguido en la pro– vincia o en sus misiones, por sus cargos, por sus virtu-
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