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166 P,\RT. 111. CAP. T: CAPÍTULO LOCAL Y PROYTNCIAI, 405 . Terminadas las elecciones, se queman en pre– sencia del Capitulo todas las cédulas utilizadas en los escrutinios l. El secretario del Capítulo y los escrutado– res redactan y firman dos ejemplares de las tablas de los escrutinios, en las cuales debe constar claramente el pro– ceso de todos los escrutinios, las elecciones hechas, con– signando además las observaciones oportunas o necesa– rias 2 • U na de estas tablas, autorizada con el sello de la provincia, se remitirá en seguida al Ministro general juntamente con la carta de recomendación que deben en– viarle los nuevos Definidores pidiendo la confirmación del nuevo Ministro provincial a. La otra se conservará en el archivo de la provincia. Los escrutadores deben también firmar y sellar con el de la provincia las Letras testimoniale~, que deben en– tregar cerradas a los Custodios generales para quf! el Custodio que vaya al Capítulo general pueda acreditar con este documento auténtico su elección canón ica~. 406. Acción de gracias.-Acto seguido se organiza l:t procesión a la 1glesia cantando el Te Deum en acción de gracias. Luego hace el nuevo Ministro provincial la pro– fesión de fe; recibe el acto de reverencia y obediencia que le prestan todos los capitulares y religiosos de la co– mu nidad; y finalmente, el hebdomadario del Capítulo hace la reserva del Santísimo, practicándose todo como se halla en el Ceremonial 5. 3. Entrada del Definitorio en funciones. 407. El nuevo Definitorio, después de Vísperas o lo antes posible, entra en el ejercicio de sus funciones para 1 c. 2919.-:.! c. pág. 599.-3 c. 2919 - 4 c. 2920.-5 c. 2921.

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