BCCAP000000000000134ELEC

1()0 PAR'l'. 111, GAP. 1: CAPÍ'rULO LOCAL Y PROVINCIAL Supriores ¡ y todos los religiosos privadamente eleven durante el Capítulo continuas y fervientes súplicas al Se– ñor por el mismo fin t. ...! ~ 390. Tanto el Vicario capitular, como todos aquellos religiosos que tengan algún oficio, seguirán de hecho desempeñándolo durante el Capítulo, hasta que tomen posesión los Superiores nombrados por el nuevo Defini– torio. 391. La presidencia del Capítulo, si no hay Dele– gado general, correspon~e para la elección de los Defi– nidores al P. Provincial saliente, o, en su defecto, al pri– mer Definidor. Para la elección del P. Provincial, al primer Definidor recién elegido. Para la elección del quinto Definidor, si hubiere lugar, y de los Custodios generales, al nuevo Provincial. 392. El P. Guardián del convento del Capítulo con– serva durante el mismo la precedencia que le corre:Spon– de como Superior del convento¡ tiene, por tanto, su puesto inmediatamente después del último Definidor¡ y si en algún acto de coro o refectorio estuviere ausente el P. Provincial, corresponden al P. Guardián todos los derechos de Superior local, aunque estuvieren presentes los Definidores 2. 2. Celebración del Capítulo. 393. La víspera del Capítulo, durante la comida, se leerán la Regla y Testamento de nuestro seráfico Padre San Francisco. 1 Con. 180.~ An. XLVIII, 1932, 45; LTI, 1936, 211, XXVII.

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz