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ART. lf: BIOLIO'l'ECA 111 bién tendrán llave de la biblioteca los PP. Lectores y Profesores. 261. Todas las bibliotecas estarán técnicamente ca– talogadas. Hágase para ello un doble catálogo general ; en uno se ordenarán los libros por autores, y en otro, por materias; además habrá un catálogo particular de los libros prohibidos. Estos estarán siempre guardados bajo llave. Cada libro llevará en la parte exterior una etiqueta con la signatura, que indique el lugar que ocupa en la biblioteca. Asimismo todos los libros en la página 1, 101, 301 tendrán estampado el sello del convento, con objeto J<> poder reclamarlos en caso de extravío o exclaustración. 262. Para conservar debidamente la catalogación, todo religioso que saque de la biblioteca un libro, deja– rá en el lugar que éste ocupaba una papeleta, indicando el autor, el título y la colocación del libro; pondrá, ade– más, en ella su firma y la fecha. Se exhorta a todos los religiosos a no almacenar los libros en las celdas. Pro– curen, más bien, una vez que se hubieren servido de ellos, devolverlos prontamente a la biblioteca para que así los demás religiosos puedan usarlos, si los necesi– taren 1. 263. Una vez que la biblioteca esté definitivamente catalogada, téngase, además, presentt" lo prescrito en nuestras Constituciones: que de ningún modo y bajo ning(tn pretexto, sea lícito a ningún fraile, ya Superior ya súbdito, quitar libros de la biblioteca, prestarlos y, mucho menos enajenarlos o destruirlos 2 • l Or. 281.- 2 Con, 213,

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