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ART. 1; CI"\USTROS. CELOA8, t.OCUTORIOS 10!) 256. Habrá también en cada celda una pila de agua bendita, un crucifijo y un cuadro de María Santísima. Esto no impide que los religiosos puedan colocar a lgu– nas imágenes más, con tal que sean conformes a la re– ligiosidad y simplicidad de la Orden ; pero evítese el deteriorar los muros, bien con demasiados clavos o bien pegando en ellos imágenes. 257. E n la celda no guardarán los religiosos cosas de comer, lo que sería violar la vida común si se hicie– ra ignorándolo el Superior 1 ; alejarán de ella toda cosa supérflua, curiosa y, sobre todo, formalmente contraria a nuestro estado. Las prendas de vestir cuando ya no les sirvan, no las retengan en la celda, llévenlas a la sas– trería. 258. Los locutorios externos destinados principal– mente para recibir a las mujeres, se dispondrán de tal manera que los tabiques divisorios, a contar de un mP– tro de altura hasta un metro antes del techo, sean de cristalería perfectamente transparente; de suerte que las personas que en ellos se hallen y todo el aposento, pue– dan verse desde la celda que el portero ocupa durante c·l día, y por cuantos se acerquen a la puerta; para que de este modo conservemos siempre intacta la reputación, que merecidamente gozan nuestros conventos 2 • Habrá también un recibidor interior para hombres, pobre pero limpio y sencillamente arreglado, como lo exigen las leyes de la pobreza y de la urbanidad. Unos y otros se adornarán con devotas imágenes. 1 Or. 80.-2 Con. 237.

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