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1 0G PAR'l'. 11, CAP. 11: LUGA~ES SAGRADOS dedor de la capilla cultívense a lgunos cipreses y otras plantas propias de estos santos lugares. 249 . Donde no es permitido enterrar a nuestros di– funtos en el cementerio antedicho, téngase en el cemen– terio público un sitio separado para nuestros religiosos 1 . Tanto en uno como en otro caso, sea preferido el enterrar en nichos debajo de bóveda, por ser así más difícil la d ispersión y profanación de los restos mortales de nues– tros religiosos ; al menos, colóquense los cadáveres ?n nichos individuales. 250 . Cada religioso enterrado tenga su inscrip ción ; y si se tratase de un religioso ilustre en virtudes o en méritos, hágase constar en ella . Si no fuere esto posible, a l menos, grábese el nombre del difunto y la fecha de su defunción en uqa plancha metálica, que se clavará en uno de los extremos del ataúd. 251. P rocuren los religiosos visitar con frecuencia .:1 lugar donde reposan los cuerpos de sus hermanos difun– tos; encomiénden los a Dios, recordando los buenos ejem– plos que les hubieren dado, y formen y practiquen des– pués los buenos propósitos que les sugiera la visita a l ce– menterio. Los Superiores tengan especial cuidado en mantener aseado, recogido y devoto el lugar de la sepultura de los religiosos; y, en especial, la capilla de nuestros cemen·– terios particulares, p!lra que así, de cuando en cuando, pueda celebrarse en ella el divino Sacrificio. El Si.tperior cuidará de que, al menos, una vez :d mes un religioso arregle y asee convenientemente e l Ju– gar donde reposan nuestros religiosos . 1 Con. 65.
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