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AR'l'. 1t: EXÁMENJ!:S QUlNQUBNALES 91 ble, Jos escritos de nuestros mayores y hermanos a Jos aulOres extrai'íos. 216. Para que los sacerdotes que han terminado sus estudios puedan perfeccionarse en las ciencias y estar a1 corriente del progreso científico mundial, recíbanse en cada convento algunas de las revistas más importantes que se publiquen, sobre todo de asuntos teológicos, es– criturarios, jurídicos y filosóficos, y a lgunas también <;le ciencias auxiliares; todo esto, sin perjuicio de los libros útiles y necesarios, tanto a ntiguos como modernos, que deben irse adquiriendo periódicamente para nuestras bi– bliotecas 1 . 217. Kingún religioso escriba artículos profanos, fir– mados o anónimos, para periódicos, revistas u otra clase de publicaciones, sin expresa licencia del Ordinario del lugar y del P. Provincial, quien difícilmente la concede– rá cuando se trate de periódicos exclusivamente políti– cos 2 • Mas los sacerdotes que han concluído los estudios pueden enviar directamentf> sus escritos a las revistas de la propia provincia. El Director de las mismas examíne– los con esmero, corríjalos atentamente s, y nada publi– que que pueda menoscabar el honor religioso, literario y administrativo de la Orden. Se insiste de modo especial en que nuestros estudian– tes no deben publicar trabajo alguno en nuestras revis– tas o en otras sin permiso del P . Provincial. ARTÍCULO II .-EXÁi\JENES QUINQUENALES . 218. A fin de que Jos sacerdotes jóvenes se preparen debidamente para el ejercicio de los sagrados ministerios l Con. 212.-2 Can. 1386, 1 ; Con. 215.-3 Con. 215.

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