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92 El Padre Esteban de Ado::_a::_in.:______ ignorancia, los comerciantes abusaban descaradamente, como ha sucedido siempre. Antes de llegar nuestro Pddre Adoain a la misión, iban los blancos ofreciendo a los in– dios, avalorios. aguardiente, telas viejas o cualquier frus– lería, hacían tratos con ellos, sobre todo cuando los veían embriagados y les engañaban miserablemente. Y los po– brecillos eran capaces de vender el trabajo de un año en– tero, por una botélla de pésimo licor. Para que los indios vieran prácticamente que el misio– nero era su protector, nuestro Padre Adoain se propuso cor– tar toda suerte de abusos. Llamó primeramente a los jefes, corregidores, gober– nadores, etc. y les recomendó con vivo interés que trataran bien a sus subordinados, que no los castigasen injusta– mente, etc. Esto ya causó excelente impresión. En consecuencia, los misioneros vigilaban cuidadosa– mente sobre este punto, y si veían que los blancos trata– ban mal a los indios, defendían la causa de los desvalidos con energía. Tomó el Padre Adoain severas medidas para evitar las injusticias y desvergüenzas de los comerciantes. Publicó un bando, que sería provisionaL pero que debería cumplirse hasta que el S'upremo Gobierno de Caracas dispusiera otra cosa. He aquí su texto: ·Como misioneros encargados por el Supremo Gobier– nq de la República de Venezuela para la reducción y ci– vilización de indígenas de San Antonio de Guachara (vulgo El Palote) de Corocoro, ·Barandul, Magdalena y Trinidad de Arichuna, hasta los chiricoas llamados bravos; se hace pre– sente a los corregidores, gobernadores, capitanes de todas nuesh;_as misiones que, so pena de ser removidos de sus empleos, observen y hagan observar, !.o Que no dejen en– trar en las misiones ningún mercader ni revendedor sin nuestro permiso. 2. 0 Que los que hayan de cobrar se pre– senten con sus listas, para que los misioneros sepan lo .que cada indio debe. 3." Que si publicada esta orden, no obe– decen., quedan los corregidores facultados para arrestarlos y presentarlos a los misioneros. 4." Cualquier indio que .ven– da sus cosas o las de su chocita sin nuestro consentimiento, será puesto en el cepo y no se le soltará hasta que ma– nifieste quién es el comprador; y éste, siendo blanco, pa– gará dos pesos de mvlta. 5." Que ninguno tenqrá indios con

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