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172. El Podre Esteban de Adooin para todos en las Constituciones> (!).• Era muy parco en la comida, y de lo poco que se le daba, dejaba algo para los pobres» (2\. El testigo arriba citado, P. Santiago de Guatemala, de. claró, refiriéndose a su espíritu de pobreza, que no recibía limosna por sus predicaciones ni por sus Misas, pero que cuando el Superior le mandaba que no las rehusase, él decía a la persona que se la ofrecía: cPuede usted remi– tírsela a mi Superior.. Creemos que bastan estos testimonios para demostrar que el P. Esteban fué muy fiel en el cumplimiento de sus propósitos. Aquilataao su .espíritu con el fervor de los santos ejer– cicios, que, como se ve, no fueron pura fórmula, ¿qué fru– tos no producirá su celo? ¿Qué transformaciones no ope– rará en las almas? En efecto, como había predicado a los presos de la cárcel correccional. predicó unos días a los del presidio para prepararlos al cumplimiento Pascual. Fué labor que le encomendó personalmente el Santo Arzobispo. El éxito no fué vulgar, sino extraordinario, como lo demuestra un he– cho insólito y admirable. Se presentó ante aquellos foragidos el día 28 de abril. SQlo tres días pudo predicarles. Bien pocos para la ardua empresa de convertirlos. Sin embargo, excepción hecha de algunos franceses que no entendían bien el castellano, to– dos se rindieron ante el Siervo de Dios y se entregaron a él. poniéndose en sus manos incondicionalmente. El P. Esteban pidió autorización para sacarlos del pre– sidio y llevarlos a la catedral. para que se confesaran en el templo con más devoción. El empeño del Misionero constituía un verdadero riesgo muy grave, y debió hallar tenaz oposición en el personal de vigilancia y en su Director. Cualquiera daría la razón a Jos funcionarios y a las autoridades·. Pero nuestro P. Es– teban estaba segurísimo de la lealtad de los presidiarios. El día 1 de mayo a las cuatro de la tarde, abríanse las puertas del presidio. Momentos después, el P. Esteban pa– saba por las calles de Santiago al frente de una columna (1) Declaraciones del 12 de enero del mismo testigo (1925). (2) Decla1·aciones de 19 de enero del mismo año.

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