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ANUARIO DE ESTUDIOS BOLIVIANOS, ARCHIVÍSTICOS Y BIBLIOGRÁFICOS 575 determinó asociarle sesenta jueces por coadjutores, por que conoció, que el gefe de su pueblo hacia la dimición del govierno no por pereza de servir, ni por insuficiencia de talentos, sino únicamente por la demacía de su zelo, al ver que no podía remediar los males que lloraban, ni encontraba modo para darles gusto en las peticiones que le hacían. 80. Ni más, ni menos esto mismo es lo que he practicado yo, en el conflicto peligroso de oír el clamor unibersal (f. l 9v) de mi pueblo seducido por los malébolos, que le inspiraron a pedir la extirpación de las legítimas autoridades por cambio del sacrílego sistema de independencia, que graduaban por un bien mucho mayor, como los isrraelitas estimaron el pan y pescado de Egipto por más regalado que el maná que les llobía del cielo. Confieso que me consterné como buen pastor, al ver que mis tiernas obejas, propendían a buscar las yerbas benenosas, que yo no podía consentir, y tube por mejor dimitir el goviemo, una vez que era tan desagradable para ellas, por tal de no ser testigo de su lamentable desolación. 81. También confieso, que la ternura de mi amor, me arrancó de buena fe del corazón y de la boca, las dimiciones que hise en la tal noche del 16 por que tube por mucho mayor mal, que aquellos infelices se precipitasen en otros más enormes sacrilegios. Desde luego estoy muy distante de querer imitar a los siervos peresosos del Evangelio. Sin embargo siempre el piadoso Soberano, a quien Dios ha confiado el govierno de la Monarquía, reputase por más útil que yo me recoja en algún retiro, entregando el govierno a otro obispo más benemérito y fructuoso, para el bien de la Iglecia y del estado. Sea qual fuere la voluntad de su Magestad será muy conforme con la mía, sin detenerme en los notorios vicios legales que contienen en el fuero judicial todos aquellos procedimientos. 82. Con todo, quando llegaron a los soberanos oídos del Rey, las tumultuarias solicitudes de la ciudad de la Paz, sobre la remoción de las autoridades constituidas, es muy natural que tome ese agravio por su cuenta, recordando lo que dixo Dios a Samuei2 30 quando el pueblo congregado (f. 20r) pidió rey que le governase. Esto es que la Real persona fue la repudida con haver arrojado de sí los magistrados, que gobernaban en su real nombre, y Dios al mismo por la remoción del sacerdote grande, que subrroga el alto ministerio de los apóstoles de Jesu Cristo. 83. Si solo este fuera el atentado de aquella ciudad, protexto que yo no lo graduaría por agrabio, ni contemplaría que mi dignidad tenía interés en pedir satisfacción. Aquellos hombres abansaron su atrebimiento, a cindicarme juntamente de traidor, de perjudicial al Estado y a mi Iglecia, por el mal govierno, fuera de otras imputaciones tan falsas, como indecentes para la boca del obispo, aún para proponerlas en su apología. 84. El pueblo incensato y sus ciegos seductores poseídos de tanta ignorancia, como malicia, tomaron voz para acusarme atropellando los sagrados prebilejios de la alta 230 l. Regum cap. 8 v. 7. Non enim abieserunt sed me ne regnem super cos.

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