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564 MIGUEL ANXO PENA GONZÁ.LEZ 37. Lo segundo que también están excomulgados ipso facto por el Concilio Latenarense 183 por una decretal expresa de Inocencio III 184 , concordante con dos Leyes reales de Partida 185 : Todos los que ponen manos violentas en personas eclesiásticas, o los arrestan, apricionan, destienen o destierran, mucho más siendo obispo; porque entonces incurren en las gravísimas n:agrabaciones de la Bula de la Sena, la qua! tiene toda su fuerza en el fuero interno, y sobre los demás puntos que no perjudican la autoridad independiente de los soberanos en lo temporal, ni impiden las funciones de los magistrados. 38. Baxo de este legal consepto declaré por públicos eFomulgados al intruso jues Don Manuel Ortis y Don Victorio Lanza, con todos los demás que siguiendo su facción, fueron a comunicar su alsamiento y corromper en sus hechos y falsas doctrinas a los nobilísimos, fidelísimos y católicos pueblos de Yungas, por edicto solemne, dado en el pueblo de Irupana a 26 del mes de septiembre, que mandé fijar en el pueblo de San Pedro de Coroyco, donde reside Don Pedro Escobar y León, su cura vicario foráneo del Partido 186 , y dirijí otro igual con fecha del día 27 del mismo mes a mi venerable Cabildo eclesiástico 187 de la Paz, consebido en los propios términos contra otros barios indibiduos que allí se denominan. Rebolucionarios notorios, que hicieron cabesa en el alsamiento del día 16 y acaudillaron los ulteriores (f. lüv) ocurrencias tumultuarias con el fin de establecer la independencia del goviemo español. 39. Desde luego esperé, que bolbiendo en su acuerdo estos pobresitos herido con tan formidable sensura, acudirían ante mi a pedirme micericordia para ser absueltos, reduciéndose con los demás conjurados a la obendiencia del Rey, y a la beneración de su Pastor. Así suspendí fulminar la anatema, y también de circular mis órdenes para que todo el clero predicase, por todas partes, y en todas las iglecias, que aquellos reveldes, a quienes yo tenía descomulgados lo estaban efectibamente, y debían llamarse tales, según lo executó en año de 1401 el frayle francisco Guillén Palmer, predicando en Aviñón, con vivas declamaciones contra los que no obedecían a Pedro Luna anti-papa Benedicto, sin poner duda de llamar excomulgados, a los que eran causa de tenerlo enserrado y citiado en su palacio. Todo el pueblo se conmobió con esta predicación, y se logró que el Rey de Francia mandase a sus ministros que no innovasen cosa alguna contra Benedicto. 40. Muy lexos de humillarse, me trataban públicamente de traydor, despreciando con mayores desacatos la descomunión que mandé fijar hasta el punto de escribirse unos a otros, esquelas sismáticas donde se incitaban a este sacrílego menosprecio diciendo, que se habían expedido por un reo criminoso como yo 188 . Y Manuel 183 Conc. Lateranense trasladado al can. Si quis suadente diabolo, caus. 17. q. 4. 184 Cap. Nuper 29. de sentens. Excomunicat. lib. 5. tit. 39. 185 L. 2 N. La quarta es y L. 3 tit. 9 Part. 1ª. 186 El edicto corre a f. 28. 187 Este edicto corre a f. 44. 188 Esquela de f. 22 y 23.
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