BCCAP000000000000119ELEC
ANUARIO DE ESTUDIOS BOLIVIANOS, ARCHIVÍSTICOS Y BIBLIOGRÁFICOS 555 cuerpo, por que aquellas son más profundas, más sensibles y más peligrosas que el golpe del dardo o de la espada 145 . 12. Por esta causa debo formar y he formado grave escrúpulo en omitir la queja que dicta la Ley, y mi conciencia inspira contra ofensas tan enormes, como las que se han irrogado a mi persona, y a mi dignidad, con presupuestos falsos, acusaciones injuriosas y horrendos insultos contra mi lealtad, ascendrada, contra mi amor al Rey y contra mi patriotismo notorio, arguiéndome consiguientemente con las notas sacrílegas de perjuro, habiendo jurado como juré en particular la fidelidad al Soberano, como obispo carecterisado de magnate, en razón de tan alta dignidad, fuera de otros epítetos atrosísimos que se pueden deducir de los improperios con que se ha ajado mi buena fama, mi persona y mi honor, por cuyas consideraciones el Concilio Agatente, referido en una decretal 146 , concordante con otro canon del Decreto de Graciano 147 , que explican graves (f. 3v) autores 148 establese por regla inconcusa que es cruel con sigo mismo y comete pecado mortal el negligente en no defender su honor, que se contenta solamente con despreciar sus acusaciones ignominiosas, mucho más si el infamado fuere obispo; por que debiendo ser la luz de su Iglecia para alumbrar las sendas escabrosas de la virtud con su buen exemplo, y con la rígida obserbancia de las delicadísimas obligaciones del obispado, producen enorme escándalo, aún las faltas menores, que aunque no lleguen a ser tinieblas, siempre son nubes opacas, que obscuresen al explendor del Santuario, donde un obispo, como lámpara sagrada debe harder con la caridad y resplandeser con su doctrina. 13. Igual interés le corre en mi apología a la magestad del Rey nuestro señor, que Dios guarde y a la suprema autoridad del Consejo de la Cámara de Indias, por ser y haver sido siempre uno de sus más gloriosos blasones, el presentar a Su Santidad para obispo de su Monarquía sujetos por todas sircunstancias dignísimos de su soberana elección, como pondera Anastacio Germonio, Ceballos, Borrello y otros, que menciona el señor Don Juan de Solorsano 149 , oponiéndose como una tacha bergonsosa a los cuidados del Príncipe, y a la vigilancia del Consejo con acriminar a los obispos escojidos y consultados con tan escrupuloso esmero, hasta hacerlos indignos de la presunción honrrosa que tienen y deben tener todos los obispos. 145 S. Atan. en su Apologetico "ictus autem calumniae gravius quam lapides feriant est enim calumnia clava et gladius et jaculum incuravile, ut vit Salomon, sed is veritas mederi potest, que ubi negligitur vulnera serviora fiunt". 146 Cap. 2. de purgatione canonica. 147 Cap. Nolo 12. q. l. 148 Andres Gail lib. 2 practicarum obserbationum cap. 11 n. 5. Lucas Floreno intract. de prohibitione dueli cap. 5 ff. l. n. 3. Menochio conc. 302 n. l. Lib. 4 Farinacio tom. 3º criminal Conc. 35 n. 11. Pedro Gregorio lib. 38 de luz sintasmas cap. l. nº 11 y 12. Amescua de potestate ni se ipsum lib. 2. cap. 12. Escobar de puritate quest. S. Proimial §. 2. n. 12 y otros. 149 Anastacio Germano de Sacrorum immunitate lib. 3 cap. 12 n. 40. Ceballos tom. 4 comun opinión q. 897 n. 275. Solorsano de Gubemat. Indiar. lib. 3 cap. 7. n. 14 y en su Polit. lib. 4. cap. 7.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz