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nos encontramos tanto a teólogos como a canonistas. Es el caso de Martín de Azpilcueta, Tomás de Mercado, Juan de Medina, Fran- cisco García o Bartolomé Frías de Albornoz. De igual manera sucede con el discurso jurídico, tanto legista como canonista, que también está presente a lo largo del siglo XVI y que, algunos autores recuperan ahora, de manera diferente a como se había hecho en las décadas anteriores. Lo mismo sucede con la filosofía, que desde las reflexiones españolas y las francesas de Alain Guy progresivamente irán también mirando hacia Salamanca 89 . 7. D ELIMITACIÓN DEL CONCEPTO : 1989-2004 90 Poco a poco, el discurso ha ido logrando una coherencia y, en las aportaciones que los autores han ido haciendo, se comienza a deli- mitar el término. A ello han colaborado especialmente cuatro auto- 114 MIGUEL ANXO PENA GONZÁLEZ 89 Cf. A. Guy, Historia de la filosofía española (Barcelona 1985) 93-130. 90 A este momento, corresponden como trabajos que aborden, de alguna manera la cuestión del concepto los siguientes: J. Tapia, Iglesia y teología en Mel- chor Cano (1509-1560). Un protagonista de la restauración eclesial y teológica en la España del siglo XVI (Roma 1989); M. Grice-Hutchinson, “El concepto de la Escuela de Salamanca: sus orígenes y desarrollo”, en Revista de historia econó- mica 7 (1989) 21-26; A. García y García (dir.), La Universidad Pontificia de Sala- manca. Sus raíces, su pasado su futuro (Salamanca 1989); M. Andrés Martín, “La Facultad de Teología”, en M. Fernández Álvarez - L. Robles - L.E. Rodríguez-San Pedro Bezares (coord.), La Universidad de Salamanca. II. Atmósfera intelectual y Perspectivas de investigación (Salamanca 1990) 63-95; R. Hernández, “La Escuela de Salamanca del siglo XVII y los problemas de Indias: fray Pedro de Ledesma”, en Congreso Internacional sobre los dominicos y el nuevo mundo , vol. III (Granada 1991) 645-667; T.F. O’Meara, “The Dominican School of Salamanca and the Spa- nish Conquest of America: Some Bibliographic Notes”, en The Tomist 56 (1992) 555-582; M. Grice-Hutchinson, “El concepto de la Escuela de Salamanca”, en Id., Ensayos sobre el pensamiento económico en España (Madrid 1995) 67-73; E. Rivera, “Derechos Humanos en Francisco de Vitoria, ¿naturales o personales?”, en Cuadernos Salmantinos de Filosofía 20 (1993) 191-203; J. Barrientos García, “La Escuela de Salamanca: desarrollo y caracteres”, en La Ciudad de Dios 208 (1995) 1041-1079; J. Belda Plans, “Domingo de Soto y la reforma de la teología en el siglo XVI ”, en Annales Valentinos 42 (1995) 193-221; Id., “Domingo de Soto y la renova- ción de la Teología Moral: un ejemplo de inculturación en el siglo XVI ”, en Cristia- nismo y Culturas. VIII Simposio de Teología Histórica (Valencia 1995) 357-369; A. Lamacchia (ed.), La filosofia nel “Siglo de Oro”. Studi sul tardo rinascimento spag- nolo (Bari 1995); A. Mangas, La Escuela de Salamanca y el derecho internacional (Salamanca 1995); A. de la Hera, “El magisterio de Vitoria en el contexto universi- tario de su época”, en Estudios de Historia Social y Económica de América 13

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