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es más importante, que su actitud no era la correcta, por lo que sus actos podían ser inválidos, por estar movidos por intereses que no eran propia- mente los de un pastor y la atención de su grey 125 . En este estado de cosas, se constata que el prelado está utilizando un lenguaje y medios diametralmente opuestos a los de los emancipado- res. Incluso nos podría parecer, desde la mentalidad de hoy en día, que la consecuencia es clara a favor de la invalidez de las medidas. Pero, con el fin de argumentar adecuadamente, parece necesario detenerse en valo- rar toda la argumentación que La Santa utilizará para justificar su manera de proceder, así como las razones que él considera tener a tal efecto. Como ya hemos indicado, lo hace mediante el Recurso que escribe para enviarlo a la Audiencia de la Plata, donde quiere dejar perfectamente en evidencia que había actuado exclusivamente como prelado y, por tanto, en razón de su jurisdicción espiritual. El detalle es de suma importancia, ya que al margen de que los hechos por el sustentados, fueran de carác- ter civil se sobrentiende la preeminencia de la jurisdicción espiritual sobre la civil: «De modo que no habiendo yo prosedido en la expedición de las sen- suras, como jues delegado de los reyes o de los magistrados temporales, para imponer penas de sangre, sino presisamente como obispo y juez ecle- siástico, imponiendo las penas espirituales que prescriben los cánones y los consilios, ni he debido exijir semejantes juramentos de la indulgencia del suplicio, ni he debido esperar la centencia de la Real Jurisdicción, por que hemos obrado separadamente cada qual, dentro de la latitud de su fuero. De consiguiente mi prosidimiento fue justo, legal y oportuno» 126 . Al margen de lo que hoy podamos opinar acerca de la manera con- creta de proceder por parte del prelado, no hay duda que, como él mismo sostiene, su actuación es justa y legítima. La razón la encontraríamos en los detalles que nos ofrece en su Recurso , donde ya en el primer número indica que ha sido «perseguido, preso, desterrado y peregrinante fuera de mi Iglesia» 127 , lo que inmediatamente completará en la misma línea des- criptiva afirmando que fue «atropellado, depuesto y desterrado sacrílega- mente» 128 . De esta manera, aunque los insurgentes lo que pretendían era Conflictos en las independencias hispanoamericanas… 155 125 La Santa intentará cerrar todas las posibles fisuras que pudieran quedar, cuando envía su Recurso a la Audiencia de La Paz , y lo hace recogiendo un número significativo de Concilios y decretales con las que defender su postura. Aunque el texto pueda resultar un poco largo, resulta sumamente significativo. Cf. Apéndice , doc. 5, n. 36. 126 Ibid., n. 76. 127 Ibid., n. 1. 128 Ibid., n. 3. Posteriormente, en el n. 18, vuelve a referir estos abusos; también en el n. 57.
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