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artículos que firmaban los tres representantes populares, Lanza, Catacora y Bueno. En el mismo se comenzaba haciendo referencia a que fueran cum- plidos dichos estatutos «por dirigirse en beneficio de los intereses de nues- tro adorado monarca el señor D. Fernando Séptimo y sosiego de la quietud pública» 36 . Las razones de los hechos del 16 de julio se expresaban algo después, concretamente en el n. 2 donde se afirmaba que querían: «tratar de defender y sostener los derechos de la América contra las injustas pretensiones de la Princesa del Brasil, y de las seducciones con que las potencias extrangeras pueden conmover los ánimos de sus habitantes, con el fin de que divididas en facciones o en partidos las numerosas Provincias que forman el cuerpo respetable de la América, se ataque la integridad y seguridad de estos dominios, pues teme este pueblo con fundamento, que los adictos a los intereses de la Casa de Braganza y algunos otros mal inten- cionados, puedan caracterizar estos hechos con los negros títulos de perfidia y traición» 37 . Aunque ésta es la manera general de expresarse, y por lo mismo se deja ver que no se desmarcan de la Monarquía, sí se trasluce un lenguaje ambiguo que, podía ser interpretado de muy diversas formas y, por lo mismo, se prestaba a que en idénticas palabras cada uno pudiera ver aque- llo que eran sus ideas, más o menos revolucionarias. Así se desprende del final del n. 3, cuando se afirma que «si este ilustre cuerpo se conduce con lentitud e indolencia en la ejecución de estas ideas, entrará el desorden y en su nacimiento se ahogarán nuestros nobles intentos» 38 . Por ello mismo, justificará que «cuando fuere necesario, se armarán todos los vecinos de este pueblo, para defender y sostener los derechos de la Patria» 39 . Más adelante hacía constar, de manera expresa, que «este proyecto se halla apoyado en el sistema de nuestra amada Península, y por este medio se traban más los intereses de los indios con los de los españoles» 40 , enten- diendo que dichos artículos tenían como finalidad esencial «la defensa de la Patria, sagrados derechos de la Religión y de la Corona» 41 . Unas líneas más abajo, y en el intento de mantener su justificación muestra con evidencia la presencia de la síntesis de las ideas clásicas y liberales que, con lógica, habían ido transmitiendo y asimilando los letrados a lo largo de sus reuniones. Conflictos en las independencias hispanoamericanas… 129 36 Estatuto Constitucional de La Paz, del 21 de julio de 1809, in: Ibid . , 361. 37 Ibid., n. 2, 362. 38 Ibid., n. 3, 363. 39 Ibid., n. 4, 364. 40 Ibid., n. 9, 367. 41 Ibid., n. 10.

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