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último, deciden suprimir las alcabalas sobre los comestibles y las manufac- turas de los naturales. En lo que se refiere al procedimiento contra el Obispo y el Intendente, La Santa, nos describe cómo se suceden los hechos: «… a poco rato vino el regidor D. Juan Bautista Sagárnaga con un tropel de gente gritando y alborotando la calle y golpeando las puertas con desacom- pasadísimos golpes que parecía iban a echar la casa a tierra, traía el oficio para que renunciase el señor gobernador, se retiró con la respuesta y cesa- ron los insultos por un cortísimo tiempo, porque a poco vino el señor alcal- de de segundo voto, D. José Antonio Medina, con igual oficio para que renunciase yo el gobierno de la Diócesis; contesté que lo pondría en manos de mi venerable Presidente y Cabildo y que además renunciaba yo la mitra en manos del Rey nuestro señor, no dudando serían oídas sus soberanas, benignas preces por Su Santidad, y quien disolvería el vínculo espiritual que me ligaba. Supe por los que venían de la plaza cuanto ocurría en el cabildo por los representantes del pueblo. Los inicuos sacerdotes que con ollas y jarros de aguardiente iban embriagando a cuantos concurrían, y los obliga- ban a gritar cuanto se les antojaba profiriendo las más negras calumnias y torpísimas acusaciones, contra mí y los proyectos que se propusieron para destrozar el gobierno y jerarquía eclesiástica» 34 . Tras la renuncia del gobernador y del obispo, la deposición de los alcaldes ordinarios y de los subdelegados partidarios, el cabildo secular de la ciudad dispuso que Murillo asumiera como comandante militar de la provincia con el grado de coronel, mientras que Juan Pedro de Indaburu quedó como su segundo, otorgándosele el grado de teniente coronel. Todas las deudas en favor del fisco fueron abolidas y los documentos que las avalaban fueron quemados. El cabildo, por su parte, se conforma en una junta de gobierno consultiva de doce miembros, denominada Junta Tuitiva de los derechos del Rey y del Pueblo, instituida en el art. 5 del Estado Constitucional. Este órgano deliberativo era el encargado de trans- mitir al Cabildo las directrices y propuestas que se producían con gran celeridad. Murillo será designado su presidente, acompañado de los doce vocales y por tres representantes indígenas. Días más tarde, el 21 de julio, se presentó al Cabildo Gobernador un plan que contenía, en palabras de Patiño, «artículos relativos a un sistema de gobierno suave, conforme a nuestras leyes para que así se desterrase del todo el despotismo y la injusticia» 35 . Este documento tomaría el nom- bre de «Estatuto Constitucional», fechado el día 22 y compuesto por diez 128 Miguel Anxo Pena González 34 Ibid., 574-575. 35 Diario del Presbítero Francisco Javier Patiño, in: Ibid . , 377.

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