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LEÓN XIII. ABANDERADO DE LA LIBERTAD 89 los musulmanes. Antes de dar el paso a la Edad Moderna, se recuerda también que el Decreto de Graciano, supuso la plasmación concreta de una serie conse cutiva y frecuente de iniciativas que muestran el talante de la Iglesia. Por des gracia, después de esa argumentación, se toma una actitud apologética, que podría hacer perder valor objetivo a todo lo afirmado: “Pues no se atribuirán nunca suficientemente alabanzas y reconocimientos a la Iglesia católica, que por suma gracia de Cristo redentor abolió la esclavitud, introduce entre los hombres la verdadera libertad, hermandad, igualdad, y por esto se rinde benemérita de la prosperidad de los pueblos”22. Con el descubrimiento de nuevas tierras en África, Asia y América, la Igle sia intenta poner freno a unas prácticas ya casi desterradas de los países católi cos, pero que nuevamente retomarán fuerza por los intereses que implicaban para los descubridores y sus soberanos. De aquí surgirá progresivamente el gran tráfico negrero, que justifica y da razón de ser a la presente carta, dirigida al epis copado brasileño. El papa Pecci recorre los momentos más importantes, partien do de la carta de Pío II al obispo de Rubicón en 1462, donde se condenan todos estos abusos y excesos23. Seguidamente cita a León X, en sus negociaciones con los monarcas de España y Portugal para que extirparan los abusos. Luego ven drán las intervenciones más conocidas y referidas, por ser las más directas en el asunto: las de Paulo III y Urbano VIII24. Del breve de Paulo III extrae tres con diciones que, si de alguna manera se hubiesen cumplido, automáticamente la esclavitud habría concluido: la posibilidad de los negros e indios para ser inde pendientes, para vivir según las propias leyes y la capacidad para poseer bienes25. De la manera de articular la argumentación el papa Pecci, se deduce un inte rés por poner su Magisterio en continuidad con el de sus predecesores, como si sólo se tratara de una consecuencia lógica de todo lo que se había venido defen 22 “Itaque Eccieshie catholicae, amplissimo Christi Redemptoris beneficio, expultrici servitutis, vera eque inter homines tibertatis, ftaternitatis, aequalitatis, satis numquain, proinde ac de prosperitate gentium merita est, haberi potest ve! laudis ve! gratiae”: tu pltirlinis, 554. - 23 Cf. ASV, Reg. Vat., vol. 488, f. 113r-1 15r (7-X-1462). Publicado en: J.M. POU 1 MART!, Btdlariu,n Franciscanum, Nova series, tomus II (1455-1471), Typographia Co!egii S. Bonaventurae, Ad Claras Aquas, 1939, 545-547, n. 1044. Acerca de este tema: WOLFEL, D. J., “La Curia Romana y la Corona de España en la defensa de los aborígenes Canarios. Documentos inéditos y hechos desconocidos acerca de las primicias de las misiones y conquistas ultramarinas españolas”, enAntropos (Viena) n. 25, 1930, 1011-1083. 24 Para el Breve de Paulo III: ASV, Aro,. XL!, 6, f. 185r, n. 125, para el de Urbano VIII: ASV, Sec. Brei: Reg., 871, f. 423r-430v, n. 102. Hemos localizado también otra copia de ambos breves, con la singula ridad de que viene acompañada, en 1685, de la opinión y tesis defendidas por Fr. Francisco José de Jaca, en: APF, Amen cc, Meridionale, vol. 1, f. 478r-483v. Acerca de este personaje y su obra: FRANCISCO JOSE DE JACA, Resolucitjn sobre la libe rtacl cte tos negros y sus originarios, ett estado cte paganos y después yCI cris tianos. La primera condena de la esclavitud en el pensamiento hisptino, PENA GONZALEZ, M. A. (cd.), CSIC, Madrid, 2002; PENA GONZALEZ, M. A., “Francisco José de Jaca: una vida a favor de la liberación de los esclavos negros”, Collectanea Franciscana, n° 72, 2002, 599-671; ID., Francisco José cte Jaca. L primera propuesta abolicionista de la esclavitud en el pensamiento hispano, Universidad Pontificia de Sala manca, Salamanca, 2003. 25 Cf. ¡u plurimis, 555.
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