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108 giéndose al emperador Antonino Pío (138-161) y a sus herederos, les asegurará la lealtad de la Iglesia en aquello que era más querido por el emperador, que no era otra cosa que los impuestos y tributos. Ponía en evidencia cómo los cristianos, en todas partes, eran los primeros en pagar los tributos e impuestos 44 ; al tiempo que estaban prontos a defen- der la paz y promover las buenas costumbres 45 . Como apologeta que era, sí puntualiza lo que implica su fe, que le llevaba a adorar al único Dios, confesando que para todo lo demás los cristianos podían servir al imperio con alegría. De esta manera, parece ponerse de manifiesto cómo la apologética concedió una notable importancia al empeño de los cristianos por las realidades seculares, buscando formas de colaboración entre la Iglesia y las estructuras socio-políticas de su momento histórico. A partir de la lectura de sus actos no parece que Antonino mostrara una inclinación particular hacia el cristianismo, pero es significativo que no introdujese más innovaciones anticristianas en la legislación. Su suce- sor, Marco Aurelio (161-180), promulgó los conocidos como nuevos de- cretos, que podrían ser el motivo de las persecuciones de los mártires de Lyon (176-177). Aun en medio de esta realidad, los cristianos no dejaron de mantener una actitud y preocupación por el diálogo. El detalle queda testificado por el hecho de que las apologías de Apolinar, Atenágoras y de Melitón iban dirigidas a Marco Aurelio. En concreto, Melitón recordará que “la prueba mayor de que nuestra doctrina floreció para bien junto con el Imperio felizmente co- menzado es que, desde el reinado de Augusto, nada malo ha sucedido, antes, al contrario, todo ha sido brillante y glorioso, según las plegarias de todos” 46 . Entre líneas se está insinuando que ambas instituciones han surgido para la mutua colaboración. Pocos años después, el autor de la Carta a Diogneto afirmará que los cristianos no sólo obedecen a las leyes establecidas, sino que con su modo de comportarse van más allá de las mismas leyes; lo que quiere decir que las asimilaban y cumplían también el espíritu de las mismas 47 . 44 Cf. S. JUSTINO . Apologiae , 1,12,1 (PG 6,342). 45 Cf. Ibid., 1,17 (PG 6,354). 46 EUSEBIO DE CESAREA . Historia Eclesiastica , 4,26,8 (BAC 349,255). 47 Cf. A Diognète , 5,1-6,1 (SC 33bis,62-64).

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