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311 Era lógico que se buscara la continuidad con épocas anteriores, al tiempo que éstas se ponen en relación directa con el proceder de los conquistado- res, extrayendo de las mismas las causas que llevaron a la independencia y que daban sentido a todo el proceso. Si esta primera argumentación aparece con gran fuerza, no es menos significativa la interpretación de la Conquista, que resurge a partir de las claves ilustradas. Así, después de tres siglos de dominio hispánico, se comienza a hablar de época colonial. 84 Es cierto que este término no fue casi nunca utilizado a nivel oficial, donde se continuaba recurriendo a la terminología clásica de «reinos y provincias», pero aparece de manera normal en la prensa, en los libros y en la correspondencia privada de muchos funcio- narios. 85 Era un claro anuncio de una nueva comprensión, aunque desde la tra- dición jurídica castellana no había cabida para dicha terminología, ya que se tenía conciencia de que allende los mares se encontraban provincias y reinos de Ultramar, cuyos naturales eran, además, vasallos del Rey católico y, por lo mismo, sujetos de derechos y deberes. Como prueba evidente de esta compren- sión se encontraban, por ejemplo, las recopilaciones de Las Leyes de Indias. 86 Respecto a esta cuestión François-Xavier Guerra afirmaba recientemente: El discurso legitimador podía adoptar el lenguaje de la neoescolástica española, el del derecho natural o el de la revolucionaria soberanía del pueblo, pero todos remitían más profundamente al imaginario y a las prácticas –pactistas– que regían las relaciones entre el rey y sus vasallos, ya fuesen individuos o cuerpos. 87 84 En este sentido, no es que desconozcamos la historiografía que prefiere hablar de colonia- lismo español, sino que no estamos muy de acuerdo con la misma, considerando que es un término totalmente dependiente de la Leyenda negra, y con unas connotaciones eminentemente económi- cas. Acerca de este tema, puede resultar de interés la síntesis del profesor de la Complutense, Rafael Dobado González, «Algunas consideraciones sobre el colonialismo español en América: El coste económico de la Independencia de México», en Visiones y revisiones de la Independencia americana. III Coloquio Internacional de Historia de América «La Independencia de América». Salamanca, noviembre de 2001 , coords. Izaskun Álvarez Cuartero, Julio Sánchez Gómez, Ediciones Universidad de Sala- manca, Salamanca, 2003 , pp. 21 - 47 . Sí hemos de reconocer que, aunque con un sentido moderno, casi no aparece hasta finales del siglo xviii , por influencia francesa e inglesa, el concepto que encie- rra aparece ya en algunos escritos liberales. El propio análisis que hacen algunos funcionarios reales acerca de la América española, aun sin utilizar el término está fundamentando dicha interpretación. 85 Cfr. F.-X. Guerra, Modernidad e independencias ..., p. 82 . 86 El historiador argentino R. Levene afirma que el libro VI de la Recopilación de las mismas es una gloria jurídica de España, pues, al proclamar la igualdad de razas entre españoles e indíge- nas, estableció una innovación radical, que sólo tres siglos más tarde hallaría una aceptación en las leyes de los demás países civilizados. Cfr. Jordi M. Font, «Derecho», en El legado de España en América , I, ed. José Tudela, Pegaso, Madrid, 1954 , p. 353 . 87 F.-X. Guerra, «La ruptura originaria: mutaciones, debates y mitos de la Independencia», en Visiones y revisiones de la independencia americana... , p. 95 . la «escuela de salamanca» y el pensamiento independentista
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