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MIGUEL ANXO PENA GONZÁLEZ 138 febrero de dicho año 42 . Poco tiempo después abandonará Salamanca y el mundo intelectual, retirándose a una cueva en San Pedro de Arlanza. Con todo, resulta interesante tener en cuenta que en la orden que recibe el can- ciller, respecto al caso de Villacreces, se hablaba expresamente de noviter erectam regeret 43 . Beltrán de Heredia considera que se trataría de la cáte- dra de Vísperas de San Francisco, entendiendo que el noviter erectam se referiría a la cátedra concreta y no a la Facultad, de donde deduciría que Luna habría también incorporado la cátedra de Vísperas 44 . Lo cierto es que no hay ningún dato que respalde su suposición, por lo que nos inclina- mos a pensar que se trataría, al igual que en el caso de 1393, de una fórmu- la acuñada para este tipo de documentos, que se dirigían al Estudio sal- mantino, y que harían referencia al establecimiento de la Facultad de Teo- logía, que había sido erigida de nuevo o, todavía de forma más probable, recientemente. Por otra parte, Benedicto XIII había sido el artíice de esa nueva organización, por lo que era lógico que lo considerara como algo próximo en el tiempo. Es interesante, además, constatar que, en estos mismos años, Benedicto XIII va concediendo favores a otras instituciones que se sienten atraídas por la Universidad de Salamanca. Así interpretamos la bula del 30 de agos- to de 1403, por la que concede a los monjes benedictinos de San Facundo de Sahagún, tanto profesores como estudiantes, que se les computen los cursos realizados intra claustra en Teología, Derecho Canónico y Artes para poder graduarse por el Estudio salmantino. De esta manera, aunque formalmente las instituciones vinculadas serían los Estudios de francisca- nos y dominicos, vemos también cómo otros van obteniendo también al- gún tipo de vinculación expresa 45 . Al mismo tiempo, la concesión no tiene un carácter nominal, sino que se dirige, como queda expresado, a todos los profesores y estudiantes, tomando un carácter maniiestamente amplio. Por otra parte, es necesario hacer caer en la cuenta que dicho privilegio no se reiere exclusivamente a los estudiantes de Teología, sino a todo el cur- sus honorum que realizaban dichos regulares 46 . 42. Cf. Bulario , t. I, pp. 546-547, n. 307 (Aviñón, 18 de febrero de 1396); BF, t. VII, p. 305, n. 910 (Aviñón, 16 febrero 1396). Beltrán de Heredia entiende que se trataría del 18, y no del 16 de febrero. 43. Tomamos el texto del BF: “Viri sacrae lectionis etc. Cum itaque nuper dilecto ilio Petro de Villacreces ordinis fratrum Minorum professori, bacallario in Theologia, motu pro- prio, oraculo vivae vocis, dederimus in mandatos, ut ipse, qui pluribus annis in dicta Theolo- gia insudaverat, cathedram Theologicae facultatis in Studio Salamantino noviter erectam re- geret et inibi legeret ordinarie in facultate praedicta…”. Ibid . 44. Cf. V. B eltrÁn de h eredia , Cartulario , t. I, p. 229. 45. Cf. Bulario , t. I, pp. 551-552, n. 313 (Pont-de-Sorges, 30 de agosto de 1403). 46. Ante la duda de si dicho privilegio se llevaría a efecto, por existir realmente una vida académica en San Facundo de Sahagún, en 1411, Benedicto XIII concede a los monjes de dicho monasterio, que estén ocupados en enseñar o estudiar exención del rezo de las horas

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