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120 MIGUEL ANXO PENA GONZÁLEZ Rápidamente el nuncio escribe al provincial de Andalucía, solicitando licencia para que los misioneros sean llevados a la Corte, aunque éste no lo considera oportuno, por el riesgo de que se fuguen a Roma30. El 10 de noviembre, la Congregación de Propaganda fide decide delegar todas las facultades acerca de este asunto en el nuncio Millini, que deberá actuar con suma prudencia, para evitar toda injerencia del poder civil. Por parte de la Corona se pone en marcha un proceso de control riguroso, tal y como lo requería la situación. Entre la confusión que se da en el asunto, se nos muestra el arrojo de nuestro protagonista, que en todo momento está dispuesto a regresar a las Indias. Así lo describe el presidente de la Casa de la Contratación, que es quien aborda el problema desde Sevilla. Ante la confusión y dificultad explica que, “en la cárcel no han entrado estos dos religiosos, y yo el presidente, los hice entregar del de abordo, al guardián de los capuchinos de Cádiz, y este dio cuenta al vicario provincial que hoy gobierna la Religión, y mandó tenerlos en guardia y custodia, y habiendo escrito el nuncio, se los remitiesen libremente respondió, el referido guardián, que no convenía por ser dependiente del Consejo de Indias y que el uno de ellos, que es extranjero — se está refiriendo a Epifanio de Moirans—, es tan intrépido, que tema si se ponía en libertad se volviese a embarcar, y aunque dice es borgoñón. . A mediados de octubre, las negociaciones entre la Nunciatura y el Consejo comienzan a ser intensas. El nuncio pide llevarlos a Madrid y el Consejo busca retenerlos en Andalucía, por lo que Millini deberá esperar un momento más propicio. Con todo, las negociaciones logran que, el 6 de diciembre, los religiosos se encuentren en Sevilla. Pocos días más tarde el guardián del convento, en carta a la Casa de Contratación, da cuenta de la actitud mantenida por los dos misioneros apostólicos, ya “que no querían asistir al coro, ni a los actos de comunidad, si no comerciar con los seculares, para disponer otra fuga para Francia”32, por lo que decide encerrarlos e incautarles un manifiesto “que más parece que es para noticiar de las cosas de las Indias, que para satisfacer a vuestra Majestad”33. 3° Cf. fetpe de Caorta a Sano Millini San1úcar de Barrameda, 27-Ix-1682), en Resolución, doc. 26, 201-202. 31 Juan Jiménez de Montalvo a Francisco de Altamira Anguto (Sevilla, 13-x-1682), en Resolu ción, doc. 37, 213. 32 Basilio de Granada a Juan Jiménez de Montalvo (Sevilla, 29-Xu-1682), en Resolución, doc. 63, 241. 33 Ibid.

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