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Homenaje a D. José Román Flecha Andrés o o y desobediencia civil, de manera manifiesta . Desde el marco social y político las autori- dades civiles insistían en que se trataba de asegurar la obediencia de los súbditos negando al Papa la autoridad para intervenir en los asuntos políticos de Inglaterra; pero, por su parte, el clero anglicano encontraba un recurso para poner freno a los papistas en su territorio . La situación era tan tensa que, el propio Jacobo I condenará a los puritanos que atacaban indiscriminadamente a los católicos. Era evidente que trono y altar cami- naban de la mano, en la interpretación inglesa y, si en algún momento la medida del juramento había tenido alguna lógica formal, automáticamente la perdía en razón del fanatismo de la Iglesia nacional de Inglaterra. Al Papa se le negaba la autoridad para deponer o matar arbitrariamente, al tiempo que no podía obligar a los católicos a oponerse a prestar dicho juramento, por las terri- bles consecuencias que implicaba, de manera práctica, para sus vidas. No había alter- nativa: martirio o juramento. Por otra parte, el juramento claramente hacía abstracción de cuestiones teológicas, por lo que no planteaba ningún artículo de fe ni conclusiones teológicas, centrándose en unas acciones abiertamente injustas que, de llevarse a efecto, hacía de éstos unos infelices sin ningun tipo de autonomía o capacidad de decisión personal. Se prometía fidelidad al Rey de Inglaterra, así como a sus sucesores legítimos, negándoseles cualquier derecho propio como pueblo. No se puede perder de vista que, de manera formal, la desobediencia civil com- portaba y comporta la convicción de la ineficacia de los procedimientos ordinarios para obtener la satisfacción de sus propios propósitos o de la urgencia de su ejecución, porque el empleo de tales medios, debido a su lentitud o alto costo sólo reportaría un resultado positivo cuando la situación fuera ya irreversible . Así sucedía en este caso, en el que se consideraba objetivamente que un Rey podía solicitar el juramento de sus súbditos, sobre todo cuando esto se pedía de manera “correcta y razonable” . Incluso entendiéndose que había una obligatoriedad del cumplimiento moral del mismo y, también, en relación con la obediencia civil. Sin olvidar los aspectos jurídicos y políticos Así se deducía del mismo juramento: “Item creo y en mi conciencia tengo por cosa muy cierta y resuelta que el Papa, i otra persona qualquiera, tenga potestad para me relaxar y absolver deste juramento o alguna parte del. El qual juramento yo confiesso avérseme dado legítimamente y según derecho, con buena y entera autoridad; y del todo renuncio a todas la indulgencias, relaxaciones y dispensaciones que puede aver en contrario. Todas esas cosas llana y sencillamente reconozco y juro, assí como las palabras suenan y se pronuncian y según el llano y común sentido dellas, sin ninguna equivacación o mental evasión o otra secreta reservación de qualquier género que sea; y esta protestación y reconocimiento hago de todo mi coraçón, verdadera y espontáneamente, debaxo de la fe de verdadero Christiano”. Ibid No se puede olvidar que, el juramento había sido una propuesta del arzobispo de Canterbury, encarnizado beli- gerante anglicano, al ministro Salisbury, por lo que era evidente que había otros intereses ocultos que ocupaban un papel importante. Cf. F. Suárez, De iuramento fidelitatis *7 &O FM NJTNP KVSBNFOUP TF NBSDBCBO una serie amplísima de limitaciones para aquellos católicos que recusaran pronunciar el juramento. Por otra QBSUF FTUB QSBYJT TF DPNQMFUBCB QPS NFEJP EF VO FEJDUP SFBM QSPNVMHBEP FM EF KVOJP EF QPS NFEJP EFM cual todos los religiosos y sacerdotes católicos ingleses eran desterrados de sus estados. Cf. J.F. Malem, Concepto y justificación de la desobediencia civil #BSDFMPOB F. Suárez, Defensio fidei 1SPFNJVN

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