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Homenaje a D. José Román Flecha Andrés o o le discutiese por partes y minuciosamente, Suárez afrontará dicho reto con atención y perspicacia. No sólo se centra en refutar lo expuesto en el juramento , sino que estudia el problema planteado por la misma prestación de un juramento de fidelidad de súbditos cristianos a un monarca heterodoxo. No cabe duda que se trata de un aspecto signifi- cativo del derecho político, puesto que el hecho en sí le quitaba toda la credibilidad al monarca. Jacobo I, en su intento apologético, formula tres objeciones basadas en inconvenien- tes morales. Paulo V obligaba primeramente a sus súbditos a ir contra el rey. En segundo lugar, los ponía en la alternativa de sufrir las mayores calamidades, con la pérdida de la fortuna y de la misma vida; condenaba el juramento en forma tan categórica que hacía imposible todo compromiso con el rey y toda excusa respecto de los católicos que lo rechazaran. Con el fin de poder asentar dichos principios, Jacobo I negará al Papa la competen- cia para dirimir el pleito suscitado entre la potestad civil y la eclesiástica. Era claro que el Papa debía y podía dirimir el pleito, pues así había sido defendido tradicionalmente por el derecho canónico, en relación a la culpabilidad moral de los creyentes que prestan un juramento de fidelidad reprobado por el Papa . Suárez considerará que después de la intervención pontificia, que un católico prestase el juramento, era algo manifiestamente ilícito 53 . Su posición lleva a que el propio Jacobo I se justifique, haciéndolo también a partir de la autoridad de los Concilios, por lo que Suárez le hace ver que los temas abordados en los mismos, no son exactamente aquellos a los que se está refiriendo él en su juramento . Es decir, poniendo en evidencia su manipulación y falacia. Algo que, por otra parte, solía ser muy frecuente en la argumentación canónica clásica donde, a partir de cánones o decretales, se podía encontrar siempre una solución que defendiera los intereses concretos de un individuo o de una institución. En este caso, el heterodoxo y providencialista Jacobo I. Mientras que el monarca inglés está manteniendo la polémica en un ámbito políti- co-religioso, generando una discusión que iba dirigida al Papa –identificado en Paulo V y en el propio Belarmino–; Suárez intenta llevar la discusión al campo doctrinal, en lo RVF FOUSB FO MB QSPQJB BQPMPHÏUJDB EF EFGFOTB EFM QBQBEP 2VJ[ÈT FTUF IFDIP FT FM RVF IB hecho perder de vista la singularidad de este conflicto, donde la libertad de conciencia y religiosa puede quedar encubierta en la identificación de otros intereses. At vero proprius tyrannus quamdiu regnum iniuste detinet et per vim dominatur, semper actu infert vim reipublicae, et ita ipsa Semper gerit cum illo actuale seu virtuale bellum, non vindicativum, ut sic dicam, sed defensivum”. Id., Defensio fidei 7* Cf. Ibid 7* 53 “… quia verba iuramenti semper fuerunt tam perspicua et tam multiplicia et tot modis conscientiam illaqueantia et schismatis approbationem et professionem inducentia, ut licet in una vel alia vocula aut particula, colorata evasio locum habere potuerit, impossibile fuerit modum vere probabilem invenire totum iuramentum honestandi seu excusandi ac pericula eius evadendi, ut satis probant quae de singulis eius verbis hactenus pon- derata sunt”. Ibid 7* Ibid 7*

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