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Homenaje a D. José Román Flecha Andrés o o su Institución . Considerando que la tiranía la debe sufrir el creyente como una ocasión EF BQSFOEJ[BKF FTQJSJUVBM Z FEJGJDBDJØO FO VOB NFKPS DPNQSFOTJØO EF VOP NJTNP :B Dios, como demuestran los hechos de la historia, levantará otro poder que derribe al tirano; no perteneciendo a la vocación de alguien, que no sea magistrado, intervenir con la intención de derribarlo. Pero ya que en el orden civil existen escalones de gobierno, aquellos que los ocupan sí pueden frenar o eliminar al tirano. Entendiéndose que estos serían los magistrados inferiores, que tendrían la obligación de defender el derecho del pueblo injustamente oprimido por los reyes. El principio básico que sustenta su argumento era que la obediencia debida a los hombres no le aparte de la que también le corresponde a Dios. “Por tanto el Señor es el Rey de reyes, el cual, apenas abre sus labios, ha de ser escuchado por encima de todos. %FTQVÏT EF ²M IFNPT EF TPNFUFSOPT B MPT IPNCSFT RVF UJFOFO QSFFNJOFODJB TPCSF OPTP- USPT QFSP OP EF PUSB NBOFSB RVF FO ²Mw 36 . Así, Calvino considera que la acción tiránica, invalida la condición de autoridad civil de quien la ejerce, por lo tanto no se resiste a la autoridad, sino al delincuente contra el orden civil . Por su parte, Lutero había entendido la acción de la autoridad secular como legíti- ma en la represión de la rebelión campesina. Concede el derecho a la legítima defensa, a resistir frente a los derechos que reclaman los grupos rebeldes; pero qué sucedía si la rebelión era propuesta por dos autoridades seculares. Lógicamente el dirimir dicha cuestión debía venir sustentado en la opción por la causa más justa, a la que se llegaría por medio de la razón. Pocos años más tarde, la reforma religiosa había llegado a diversos territorios y ciu- dades, ya fuera por motivos religiosos o intereses políticos, poniendo de manifiesto que el modelo de resistencia propuesto por Lutero –el del providencialismo pasivo– ya no SFTQPOEÓB B MB OVFWB TJUVBDJØO : TF QSFHVOUBCB DØNP IBCÓBO EF SFTQPOEFS MPT QSÓODJQFT que habían tomado en sus territorios la dirección de la reforma religiosa, si ahora se pre- sentaba una Liga armada de papistas que les quería obligar a volver a la situación ante- rior, a la obediencia a Roma. La respuesta no será la de Lutero individualmente, sino que otros reformadores serán también tenidos en cuenta, llegándose a la conclusión de que algunos príncipes, incluso en su condición episcopal, vienen en nombre del emperador para reimplantar la catolicidad, abriendo el debate sobre la posibilidad legal de resistirse. Es decir, dejando la puerta expedita para una defensa armada, entendiendo que se estaba actuando con toda justicia y rectitud frente al tirano. Junto a la posición de aquellos que seguían la opinión de Lutero –que tendía a una interpretación de signo pacifista–, se encuentra cada vez más la posición de aquellos que considerarán que existen vías para que un príncipe territorial use la espada contra la autoridad que pretenda destruir la religión que se entiende como vital para su gente. No 36 Ibid . Aunque esta sería su teoría, en la práctica no se opondrá a ciertas actitudes violentas, como las de los hugonotes en Francia, con ayuda venida de Ginebra, o la rebelión armada de John Knox en Escocia.

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