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FRANCISCO JOSÉ DE JACA Y LA ESCLAVITUD NEGRA 607 cación, con bastante lógica debió ser hecha en Los Llanos y provocaría el re chazo y malestar ante todos aquellos que poseían siervos, así como entre sus mismos hermanos de hábito. Su conducta era novedosa y escandalizante para un amplio sector de la sociedad hispana; aquél que quería seguir manteniendo el sistema oligárquico presente y las rentas que la trata les producía. Ante este cúmulo de circunstancias es muy probable que el prefecto de la misión deci diera su repatriación. Las razones para ésta pueden encontrarse también en la intención de que explicase sus afirmaciones ante el Consejo de Indias y el propio soberano28. Una fórmula bastante acertada en manos de aquellos que detentaban el poder civil y eclesiástico en las provincias de ultramar que, de esta manera, conseguían eludir la responsabilidad personal ante el tema de la trata y las propuestas del capuchino, con el recurso a instancias más elevadas. Con todo, el único dato seguro que tenemos es que Fr. Pedro de Verga, pre fecto de la misión le concede licencia para retornar a España29. Francisco José de Jaca, vuelve a pasar nuevamente por Cartagena de In dias en la flota que le conduce a España. Allí su sensibilidad se identifica con la corriente que iba tomando cuerpo entre los eclesiásticos en contra de la es clavitud. Por este motivo escribe al rey en los siguientes términos: Me he motivado compasivo escribir a vuestra Majestad... que suplico y con reli gioso rendimiento ruego lea o leer mande, para que midiendo y cotejando la pie dad del rey católico y misericordioso con las miserias, que en él propongo padecen tantos pobres desdichados, hijos de la santa Iglesia redimidos con la sangre de Jesucristo nuestro bien, que no las padecieran... Como de vuestra Ma jestad se deben los reparos de los daños que se suelen ocasionar por los culpa dos en la santa fe católica a cuyas entrañas de piedad, por las llagas de Nuestro a vista de las experimentadas tiranías padecen”: Fr. Francisco José de Jaca al rej Carlos II (2-6- 168 1), en AGI, Audiencia de Santo Domingo, leg. 527, f. 65r. 28 Así se desprende de algunos documentos, cf. Ibid., f. 65r-v; Resolución sobre la libertad de los negros y sus originarios, en estado de paganos y después ya cristianos (28- 8-1681), en AGI, Audiencia de Santo Domingo, leg. 527, f. 162r-189v; D. Francisco de Soto Longo al rey Carlos 11(3-7-1682), en AG1, Audiencia de Santo Domingo, leg. 527, f. 5r-6v; D. Francisco de Soto Longo a Fr. Francisco de Valverde (3-7-1682), en APF, SOCG, vol. 485, f. 422r-425v. 29 “Due Patenti del?. Fr. Pedro della Verga, Prefetto delle missioni della Provincia di Caracas dell’Ordine dei Capucini in una delle quali da facoltá al detto P. Francesco Giuseppe de Jaca y al P. fr. Gervasio de Manresa, Capucini di poter far le missioni in detta Provincia, e nell’altra di poter ritornare alle sue Provincie di Spagna”: Relación de las escritu ras de Fr. Francisco... , f. 140v. Desgraciadamente la referencia a esta patente no indica nin guna fecha, ni siquiera presenta algún dato que ayude a datar el documento.

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