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654 FRANCISCO JOSÉ DE JACA Y LA ESCLAWTUD NEGRA negros para el sostenimiento de las Indias. Máxime cuando los indios no po dían afrontar el trabajo tan duro que implicaban las minas y la roturación de los campos. Los autores entienden que esto cobra mayor fuerza desde el momento en que se comienzan a pagar derechos de aduana. Estos derechos se convertirán rápidamente en asientos para la conducción de armazones de negros. Refieren cómo se administran los asientos, presentando además de la síntesis, una copia de cada uno de ellos; haciendo ver los cuantiosos benefi cios que la Corona obtenía de esta práctica. El memorial refiere también la duración de cada uno de los asientos, dando a entender la continuidad que hay entre ellos. Después de referir la larga lista de asientos, hacen ver al monarca como, él mismo, “por cédula de 31 de enero de 1682 se sirvió su Majestad de apro bar la escritura que sobre ello se otorgó por tiempo de otros cinco años pa gando en ellos un cuento ciento y veinte y cinco mil pesos”224. Para referir se guidamente los asientos que fueron dispuestos posteriormente. Si con todo esto, al rey le pudiera quedar todavía alguna duda, conjuntamente con las co pias de cada uno de los asientos, se le envían también “dos consultas del Con sejo, una de 28 de abril de 1674, en que se dio cuenta a la Reina Madre nues tra señora, siendo gobernadora destos reinos”225, haciendo constar la respues ta dada por el Consejo en aquella ocasión: El Consejo propone mayormente cuando, es cierto que en las Indias no se pue de pasar sin negros y debe creerse que entrarán por otras manos226. La segunda consulta completaba a esta primera, asf unida a la influencia que la reina Mariana de Austria tenía en el débil Carlos II, se presentaba el juicio del mismo rey. Puesto que había sido él, quien seis años antes, había in sinuado al Consejo la necesidad de hacer asientos, “para sacar utilidad de su venta y que acá se necesita de ettos precisamente para tas Indias”227. De esta manera, el Consejo conseguía crear una fuerte cc)nfusión al monarca, volviendo contra él sus propias decisiones. Respecto de las juntas de togados y teólogos no daban respuesta por considerar era una cuestión zanjada en “la Posada del Señor príncipe D. Vi cente Gonzaga, en que concurrieron demás de otros señores ministros, los t 224 Ibid., f. 3r. Ibid., f. 3v. 226 Ibid., f. 4r. El subrayado es del documento. 227 Ibid., f. 4v. El subrayado es del documento.

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