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En ese mismo momento, diversos capuchinos que tra- bajaban en África y América habían informado regularmente a la Congregación sobre los tremendos abusos que se come- tían contra los negros, por lo cual no debió de ser difícil hacer comprender a los cardenales la situación vivida. Sí fue nece- sario un período largo de tiempo en el que la Congregación pudo formular y emitir un juicio sobre lo ocurrido. Por fin, después de diversas sesiones de estudio, la Congregación General del 12 de marzo de 1685 muestra su disconformi- dad y la necesidad de frenar los abusos que se cometen en la ilicitud de la esclavitud y el mal trato dado a los esclavos negros y a los indígenas en las Indias. Por otra parte, si podía existir alguna duda sobre su actuación, tanto el P. Jaca como el P. Moirans eran absueltos. Una vez cumplido su cometido, el misionero retorna a España para someterse nuevamente a la obediencia de su provincial. Su paso por Roma hará que el embajador de España escriba a Carlos II, haciendo hincapié en que no se permita pasar a Indias a cualesquiera eclesiásticos que no hayan sido confirmados por el Consejo de Indias. Dicha propuesta será asumida por el Consejo y presentada al soberano para su promulgación, de tal manera que se eviten injerencias de Roma en asuntos dependientes de la corte. Para los oficiales de la Corona, aquel viaje a Roma no había tenido otra inten- ción por parte del P. Jaca que conseguir despachos con los cuales poder regresar a las Indias. La postura era lógica- mente delicada, ya que tal retorno suponía que se pudiesen volver a provocar rebeliones por parte de los negros. El aragonés, firme y claro en sus decisiones, en vez de regresar a Aragón, viaja directamente a Madrid, con la inten- ción de conseguir los despachos necesarios para pasar a Indias. En la corte se entiende su actitud como una provo- cación, por lo que deciden apresarlo nuevamente, de tal manera que no pueda volver a crear tensiones. Él, por su parte, vuelve a recurrir a Roma informando de su situación y, sin saber muy bien cómo, a finales de julio, parece encon- trarse en el puerto de Cádiz, con la intención de embarcar para Indias. La noticia llega hasta el presidente del Consejo de Indias, que no da crédito a los acontecimientos y mueve todo un dispositivo para que sea apresado. Es trasladado nuevamente a Madrid y retenido en el convento de San Anto- nio del Prado, por considerarse el lugar más seguro a tal efecto. Como en una novela de intriga, el secretario de la Con- gregación de Propaganda Fide, por su parte, escribe desde Roma al nuncio para que haga lo posible para que Jaca sea puesto nuevamente en libertad y pueda retornar a Aragón. Con todo, el misionero no ceja en su intento de hacer saber de su situación a todos aquellos que pueden tener alguna capacidad para ayudarle, por lo cual el Consejo de Estado, en enero de 1686, decide trasladarlo al convento de Cubas, donde quede más retirado de la corte y donde no le sea posi- ble crear tanto conflicto. A estas alturas de su vida, Jaca es ya un hombre con años acumulados y cansado de luchar en diversas batallas, por lo que dos años más tarde es trasladado al convento de La Paciencia. De allí nuevamente se traslada a Roma, cons- tando manifiestamente que es a petición de los cardenales; de allí regresa con autorización expresa para poder regresar a Indias. Intenta poner su iniciativa en conocimiento del Con- sejo, por lo que es nuevamente secuestrado en Madrid, en esta ocasión en el convento de San Antonio del Prado, de donde es bastante probable que no volviera a salir. Una carta fechada aquí, el 23 de octubre de 1689, es el último dato seguro que tenemos sobre su vida. LA CONSULTA DEL CONFESOR REAL El 15 de marzo de 1683, el confesor consulta al monarca sobre la dependencia de los dos capuchinos y el mal trato dado a los esclavos negros en las Indias. Al día siguiente Car- los II pone el asunto en manos del Consejo de Estado, que es de parecer se encargue con ponderación al de Indias pro- cure dar tal providencia al reparo de tan justos desórdenes que se suspendan y enmienden como lo pide la razón, la humanidad y la conciencia, no sólo para el tratamiento de
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