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ENTRE LA ENCOMIENDAY LA ESCLAVITUD… 265 obligación de vivir en la villa de españoles que fuera cabecera de los términos en los que residían los naturales encomendados 5 . La situación que se genera pone de manifiesto intereses y lengua- jes encontrados: los económicos y la necesidad de un discurso teórico que pusiese freno a una explotación física, que se veía como algo in- trínsecamente perverso. El tema aparece en los enfrentamientos entre los misioneros y los representantes de la Corona. Después del grito de Montesinos (1511), se convocaron Juntas de teólogos y togados, inten- tando poner luz sobre los problemas de la conquista y el dominio. Era el compromiso en la búsqueda de la verdad y la justicia, oponiéndose incluso a los intereses del soberano 6 . Las Casas considerará que las encomiendas de indios a españoles, eran perniciosas o inmorales. Entendía, además, que conquistas y en- comiendas habían sido la causa de la ruina y destrucción de las Indias. Partía de la inaceptabilidad de la esclavitud de los indios por causa algu- na, ni siquiera cuando se trataba de la antropofagia 7 . Estas ideas estaban justificadas desde la comprensión del indio como hombre y, por lo mismo, llamado a la salvación, alejándolo de la muerte eterna, como consecuencia de la esclavitud. Entendía que la condena- ción se extendía también a las autoridades reales y al mismo soberano. Los castellanos, con el trato cruel infligido a los naturales, precipitaban al infierno sus propias almas, así como las de los indios. Prohibida la escla- vitud por medio de las Leyes Nuevas, el sistema se sustentará en el fun- cionamiento de las comunidades indígenas. Dichas leyes, y las normas de Repartimiento, dotarán a los indios de tierras y de una organización administrativa y urbana semejante a las villas de españoles, con la obli- gación de abonar tributos en especie y moneda, así como prestaciones de trabajo, basadas en dicho repartimiento. Así, cuando ya está potencialmente consolidada la organización po- lítica y estatal, por medio de los virreinatos de la Nueva España y del Perú, surge la explotación limitada de la mano de obra natural, dando paso a la encomienda y al repartimiento de indios. El tema se complica- rá, pues las grandes minas de plata de Potosí (1545) y Zacatecas (1546) harán derivar los acontecimientos de manera veloz y novedosa. Será una 5 Ver Recopilación de Leyes de los Reynos de las Indias , t. ii , lib. vi , tit. ix , ley 10, p. 266. 6 Ver Pensar Europa desde América. Un acontecimiento que cambió el mundo , 2012. 7 Las Casas, «Tratado sobre los indios», pp. 221, 254, 258, 271.

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