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375 Tiempos y vivencias de san Juan de Ávila: Salamanca, Alcalá, Sevilla 6DODPDQFD GHMy HQ pO XQD KXHOOD VLJQL¿FDWLYD TXH HVWi YLQFXODGD QR VyOR D OD vida disoluta e, incluso, desvergonzada que llevaban algunos estudiantes, sino que tenía relación con el tipo de estudios realizados, durante cuatro años, en las aulas GH OD $OPD 0iWHU VDOPDQWLQD 6H WUDWD GH XQ SHULRGR VX¿FLHQWH SDUD OD DVLPLODFLyQ y el contraste, aunque el discernimiento personal lo lleve hacia otras realidades. &RPR SRQH GH PDQL¿HVWR HO SURIHVRU 6DOXVWLDQR GH 'LRV ODV HQVHxDQ]DV jurídicas en Salamanca, al igual que en las otras universidades europeas, estaban centradas en el derecho común, de origen romano-canónico, a partir de los grandes textos de la compilación realizada por Justiniano, conjuntamente con el Decreto y las Decretales y, a nivel real, con el Fuero Juzgo, el Fuero Real o las Partidas 11 . Por su parte, la jurisprudencia se basaba en las autoridades itálicas, tanto de la glosa como de los doctores del comentario, donde resaltan Azo, Acursio, Oldrado, Godofredo, Hugucio, Pedro Jacobo, Bártolo, Baldo, Juan Faber, Cino, Inocencio, Zabarella, El Arcediano, el Ancarano, Juan Andrés y el Hostiense. Los doctores Gonzalo García de Villadiego, Juan López de Segovia, Diego de Segura, Rodrigo Suárez y Juan López de Palacio Rubios muestran la LPSRUWDQFLD TXH ORJUD HO 'HUHFKR D ¿QDOHV GHO VLJOR ;9 \ SULPHUDV GpFDGDV GHO VLJOR ;9, VLHQGR DXWRUHV TXH FRQ WRGD SUREDELOLGDG LQÀX\HURQ HQ OD IRUPDFLyQ del santo Doctor. También la enseñanza, se llevaba a cabo, según el método tradicional itálico, de la glosa y del comentario, de los textos y autoridades, con una atenta mirada a la praxis; todo ello con una fuerte dependencia de los métodos de la dialéctica escolástica, que se preocupaba en exceso por mantener el método, a la hora de aplicarlo a una cuestión o caso planteado. En este tipo de formación debió recibir el santo Maestro su formación, puesto que el primer humanismo jurídico no llega a Salamanca hasta los años treinta. Con todo, tal y como se pronuncian los MXULVWDV HQ VXV HVFULWRV VH SXHGH LQWXLU TXH ©WHQGtDQ D RFXSDU XQ OXJDU FUHDGRU HQ OD LQWHUSUHWDFLyQ GHO VLVWHPD GH IXHQWHV GHO GHUHFKRª 12 $OJR TXH VH UHÀHMDED también en las lecciones, especialmente por medio de fuentes diversas, entre las que no faltaba el derecho castellano. Se trata de una etapa de fuerte presencia real, en la que los Reyes Católicos utilizarán a la Universidad para legitimar su política expansionista, al tiempo ©TXH EXVFDEDQ HQWUH ORV MXULVWDV R¿FLDOHV \ DX[LOLDUHV LGyQHRV SDUD VXV yUJDQRV de gobierno y de justicia, pero todo sabios que junto a los teólogos ordenaran, legitimaran y cohesionaran la sociedad y el poder en unos reinos que se estaban SUHSDUDQGR SDUD VHU LPSHULR HO LPSHULR GH OD FULVWLDQGDG FDWyOLFR URPDQDª 13 . De proliferación de éstos. 11 Cf. S. D E D IOS , Los juristas de Salamanca o.c., 16-17. 12 Cf. Ibíd., 55. 13 Ibíd., 49.

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