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miguel anxo pena gonzález 130 Generale , sustrayéndolo del control del Ordinario de aquella sede episcopal, y que dependiese directamente de Roma 49 . De esta manera, el Studium Generale obtiene la autonomía y se reserva los privilegios que había acumulado en los decenios anteriores, a partir de la confrontación con las autoridades eclesiásticas locales, al tiempo que se le amplía su ámbito de influencia haciéndolos ahora perpetuos. Por si esto no fuera suficiente, se le concedía también el derecho de huelga, como instrumento de defensa contra aquellos que atentasen contra la autonomía y los privilegios de la corporación y sus miembros. 3.2. El conflicto entre dominicos, franciscanos y seculares en el Studium Parisiensis Es interesante tener presente estos principios, puesto que es necesario detenerse ahora en analizar el conflicto entre seculares y frailes, a mediados del siglo xiii . Como se ha puesto de manifiesto, en los orígenes del conflicto se encontraba la rivalidad intelectual, y la afluencia de los escolares, a las lecciones de los maestros seculares o regulares. Si este es el primer problema, muy pronto se orienta también hacia la con- cepción de vida de los Mendicantes, especialmente en la interpretación de la pobreza, así como en la proximidad, de algunos regulares a las teorías de Joaquín de Fiore 50 . Aunque el conflicto abierto tendrá lugar a partir de 1253, un año antes, en febrero de 1252, los maestros seculares de París, reunidos en una asamblea de carácter secre- to, habían elaborado unos estatutos, entre los que se incluía la prohibición dirigida a todos los regulares, de poseer más de una escuela teológica en París o de fundar una, a aquellos que aún no la tuviesen 51 . Dicha decisión incidía directamente sobre los intereses de diversas Órdenes monásticas y mendicantes, haciendo ver que los culpa- bles de dicha situación eran los dominicos y franciscanos, que contaban, cada unas de las dos, con sendas escuelas en París. La realidad era que dicha circunstancia era exclusiva de los dominicos. Aunque no se puede medir el alcance del conflicto y de la confusión reinante, parece manifiesto que, para ese momento, de los maestros domi- nicos y franciscanos era una competencia difícil de aceptar, y con la que competir, por parte de los seculares. La generación encabezada por Alejandro de Hales (†1245), Juan 49 Los maestros seculares de París tenderán a aplicar a las estructuras eclesiásticas los principios base de la realidad corporativa. Desde este principio general, el Papa tenía jurisdicción en la Iglesia, pero no más allá de la misma. De dicho principio deducían que cada iglesia local gozaba de su propia autonomía y competencias inalienables, que ni siquiera el romano Pontífice podía reducir o suprimir. Cf. L. Pellegrini, L’incontro tra due «invenzioni» medievali …, o.c., 142. 50 Es preciso hacer notar, en este momento, que la crítica a la riqueza y la propuesta de una vida pobre, como elemento propio y característico de las Órdenes Mendicantes, estaba ya presente en los maestros seculares de París, que habían mantenido una crítica constante a la riqueza y avidez de los prelados. 51 «Ideo praedicti magistri ordinaverunt, ut singula religiosorum collegia singulis magistris actu re- gentibus et unica schola de cetero sint contenta». «Statutum de promovendis ad cathedram et regimen sacrae scripturas et de scholis ejusdem, praesertim quoad religiosos ( iv .1252)», en Chartularium Universitatis Parisiensis , t. i , 226, §. 200.

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