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Miguel Anxo Pena González 372 obligado a velar para que los naturales a él encomendados recibieran la doc- trina cristiana, pagar a los doctrineros y, al mismo tiempo, acudir en defensa de la tierra si hubiera apelación por parte de las autoridades. Posteriormente, se impondría también la obligación de vivir en la villa de españoles que fuera cabecera de los términos en los que residían los naturales encomendados 6 . La situación que se genera, ya sea en la primera encomienda antillana o en la continental posterior, pone de manifiesto intereses y lenguajes encon- trados. Por una parte estaban los económicos y, por el otro, la necesidad de un discurso teórico que pusiese freno a una explotación física, que se veía como algo intrínsecamente perverso. Podríamos incluso identificar en distin- tos grupos sociales a aquellos que defendían o atacaban la propuesta contra- ria. El tema aparece especialmente en los enfrentamientos entre misioneros, particularmente dominicos —y los representantes de la Corona de Castilla—. Los personajes más representativos son Bartolomé de Las Casas, por un lado, y Juan Ginés de Sepúlveda, por otro 7 . Después del grito de Antonio de Mon- tesinos: «Estos, ¿acaso no son hombres?», en el adviento de 1511, se convoca- ron progresivamente las Juntas de teólogos y togados, intentando poner luz sobre los problemas de la conquista y el dominio. Era el compromiso en la búsqueda de la verdad y la justicia, lo que implicaba incluso oponerse a los intereses del Soberano 8 . De manera concreta, Las Casas considerará que las encomiendas de indios a los españoles, que incluía servicios obligatorios o repartimiento de trabajos forzados o de tributos, eran perniciosas o inmorales en sí mismas. Entendía, además, que tanto las conquistas como las encomiendas habían sido la causa de la ruina y destrucción de las Indias. El principio del que par- tía era la inaceptabilidad de la esclavitud de los indios por causa alguna: ni en razón de guerra, ni por compra de los que ya lo eran, ni por cualesquiera desmanes que pudieran cometer los indios. Ni siquiera cuando se trataba de la antropofagia, como sucedía en el caso de los caribes. Su planteamiento era realmente elocuente y lo expresa por medio de la conclusión y los tres coro- larios de uno de sus tratados: «Todos los indios, que se han hecho esclavos en Las Indias del mar Océano, desde que se descubrieron hasta hoy, han sido injustamente hechos esclavos, y los españoles poseen a los que hoy son vivos, por la mayor parte, con mala consciencia, aunque sean de los que hobieron los indios. … Su Magestad es 6 Cf. Recopilación de Leyes de los Reynos de las Indias [Viuda de Juan Ibarra, Madrid, 1791], Madrid 1998, t. II, lib. VI, tit. IX, ley 10, p. 266. 7 J. Ginés de Sepúlveda, Apología, Madrid 1975; B. de Las Casas, Apología o declaración y defensa universal de los derechos del hombre y de los pueblos, Valladolid 2000. 8 Acerca de este tema, Cf. F. Martínez - R. Mate - M. R. Ruiz (coords.), Pensar Europa desde América. Un acontecimiento que cambió el mundo, Barcelona 2012.

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