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La lucha por la libertad de naturales y africanos… 395 De lo cual se deducen las tres conclusiones a las que antes había hecho referencia y en las que ahora nuevamente se detiene con otras palabras 62 . Se adentra ahora en la parte central de su razonamiento, en disputa con los diversos autores. Para ello recurre a los más relevantes sobre el tema, con los que irá dialogando atentamente. Es la parte más densa pero, al mismo tiempo, la más valiosa e interesante puesto que se trata de una dialéctica cuidada, de corte manifiestamente canónico, con la que intentar responder a los pensado- res de su tiempo. Su razonamiento es dinámico, ya que va evolucionando de lo general a lo concreto. Lo más universal viene representado por el derecho natural, puesto que es el común a todos; al que se deben adecuar todos los hombres. Sus problemas de conciencia, dejan de ser tales para convertirse, en una propuesta válida, capaz de terminar con los abusos. Pero su argumenta- ción está dirigida también a un respaldo social amplio en la aceptación de los principios antiesclavistas y abolicionistas, cobrando especial fuerza el Evan- gelio. Para él las consecuencias son lógicas: para un cristiano las exigencias son mucho mayores y tienen que estar todavía mucho más claras y firmes, de ahí que no tuviera problema en aceptar la esclavitud por parte de los musul- manes. Su misma manera de argüir permite traslucir que su intención va más allá, presentándose como un modelo de comportamiento en el que estarían implicados todos aquellos que, de una manera u otra, intervienen en la trata. Comienza constatando la falta de claridad en la compra. La tan recurrida compra de buena fe, es un fraude que pone en peligro a infinidad de almas. A la mayoría de los moralistas sólo les importaba si los esclavos eran compra- dos de buena fe y sin sospecha, aunque posteriormente apareciera la duda; ya que a partir de este momento la compra se consideraba legal, y, por tanto, también legítima la posesión. Afirmando, además y siguiendo el Decreto 63 , que en caso de duda era mejor la condición del poseedor. De esta manera, quedaba salvada la obligación de liberar y restituir. Era la doctrina que había formulado explícitamente Luis de Molina. La obligación moral del comprador exigía de éste, la superación de toda posible duda. Y existiendo ésta, los auto- res son unánimes en afirmar la libertad. Entrando en el debate, comienza por hacer referencia a los rumores que existen en las Indias: «de que son llevados a los mercados para ser vendidos muchos que han sido tomados por hurto, o cuando al comprar a uno hay algunos indicios probables en base a los cuáles hay que sospechar que fueron captados injustamente, es completamente injusto comprarlos si no consta antes claramente, por una dili- gente investigación, que se pueden vender justamente; y que quienes los com- pran así, están obligados a liberarlos» 64 . 62 Cf. Ibid. 63 Cf. In VI. 5. 12. 65: «In dubio melior est conditio possidentis». 64 Ibid., §. 68, 99.
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