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572 miguel-anxo pena gonzález 2.4. Los benedictinos y sus cátedras de propiedad de Orden En la segunda mitad del s. xvii, los benedictinos siguen mani- festando su interés por el estudio, hecho que se pone de manifiesto en la obtención de grados académicos y la presencia en las cátedras universitarias 94 . Así, en 1669, el benedictino obispo de Guadix, fray Diego de Silva y Pacheco promueve la fundación de un Colegio de la Orden en Alcalá, aunque su propuesta no llegará a prosperar sin que se sepa muy bien porqué. Algo estaba sucediendo para que las grandes Órdenes vieran la necesidad de hacerse presentes en las ciudades universitarias más importantes. Esto no parece que se reduzca exclusivamente a las hispánicas y, mucho menos a la de Salamanca, siendo todavía difícil saber si la de dominicos de Sala- manca es la primera de este estilo. Seguía presente la pugna por mostrar, ante el auditorio univer- sitario, un pensamiento propio e independiente frente a los otros. Las Órdenes parecen mostrar su rivalidad y su fuerza en la autono- mía de pensamiento. En este sentido, la historia de la vida religiosa se construye a partir de la diferenciación; ya sea de la pobreza, de la forma de vida, del ministerio desarrollado y, en el presente caso, del pensamiento que se manifiesta. Los benedictinos seguían una orientación positiva, que hacían presente de manera especial en las cátedras de Biblia, pero en su comprensión propia entendían que eran herederos a un mismo tiempo de San Agustín, San Anselmo runt ut lectores tradant doctrinam ipsius Seraphici doctoris simul cum doctrinam Subtilis, utriusque opiniones, quae ut plurimum conveniunt, ex utroque eruendo, confirmando et defendendo; ubi vero contrarii sunt et concordari nequeunt, eas problematicae tradendo: sic enim brevi fiet, ut a provinciam divi Iacobi derive- tur in alias Hispaniae provincias doctrina serpahica cum maximo scholae nos- trae splendore, sicut ab eamdem propagata est doctrina Scoti: et ad utriusque maiorem dilucidationem, Ordinisque decorem, in universitatibus Salmantinam, Ovetensi et Compostellanam poterit Minister provincialis, de consilio et assensu patrum definitorum, nullo alio expectato, viros idoneos eisdem universitatibus praesentare, ad hoc ut in eis gradus, iuxta statua Toletana, tam congregationis generalis anni mdclxxiii , quam capituli generalis anni mdclxxxii , et ipsorum decla- rationem a Sacram Congregatione Episcoporum et Regularium die xix decembris mdclxxxvii approbatam, rite recipiant”. Innocentius xii, “Debitum Pastoralis Offi- cii”, en Bullarum Diplomatum et Privilegiorum Sanctorum Romanorum Pontificum Taurinensis editio , tom. xx, (Augustae Taurinorum, 1870) pp. 641-642, n. xvii . 94  En este sentido, el mismo cardenal Aguirre, mostrará su disconformidad por “el daño que ha hecho la prisa del Capítulo pasado en graduar tantos sujetos mozos sin aguardar que pasasen por la observancia y letras que señalan las Con- stituciones”. “Carta del cardenal Aguirre al P. Lardito”, en aupsa, Fondo Colegio San Vicente , Caja 3, carp. 2.

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