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alternativa a las cátedras de teología en la Universidad… 541 Se trataba de los dos primeros nombramientos de cátedras vincula- dos a cédulas reales por orden del Consejo Real. La distribución de cátedras quedaba de la siguiente manera: Cátedra Maestro Prima Pedro de Herrera, op (sustituto de Domingo Báñez, op ) Vísperas Juan Alonso Curiel Biblia Martín de Pedraza, oc Durando Agustín Antolínez, oesa Santo Tomás Pedro de Ledesma, op Escoto Francisco Cornejo, oesa Los dominicos recuperaban una hegemonía que ya no tenían, mientras que los agustinos perdían el espacio que les correspondía en las cátedras probatorias, al tiempo que entraba en juego una nueva Orden, que anunciaba la entrada en escena de otras fuerzas menores, que sería preciso empezar a tener en cuenta. Era tam- bién el anuncio de que aquello no funcionaría por mucho tiempo, máxime cuando los intereses del Consejo Real no tenían nada que ver con los de los estudiantes, ya fueran manteístas, colegiales o regulares. En este estado de cosas, la Compañía logra en octubre de 1603, después de una larga disputa, explicar en dos generales de la Universidad y, aunque no participan de ninguna de las estructuras de gobierno universitario, su ascendencia cada vez es más significa- tiva. Meses antes, el Rector del Colegio de la Compañía, P. Cobos, había presentado sus razones, que se podían resumir en la posibili- dad para todos, de enseñar en algún general 28 . 28 “Y para evitar cualquier ocasión de encuentros, pesadumbres y dificul- tades que podrían recrecer y para mostrar más a V. S. el deseo que tiene de abrazar todas las Religiones, que será importantísimo el añadir que, si alguna le faltare General cómodo, se le proveerá la Universidad porque, sabiéndose que a ninguna Religión ha de faltar General, no habrá quién por respetos particula- res quiera inquietar al que hubiere comenzado a leer en algún General. Y no se puede temer que las tales Religiones envíen a leer a Escuelas algunas personas menos suficientes, pues obligándoles, como se ha tratado de que a las tales lec- ciones traigan a oír a los estudiantes religiosos que tienen en sus casas, queda con sólo esto obligada cada Religión, que quisiere gozar de este beneficio público, de enviar al lector más docto que tuviere, pues tal le suele escoger siempre cada Religión para la enseñanza de los suyos”. ausa, Libro de Claustros , lib. 71, f. 45r. Tomado de: José Barrientos García, Pleito de la Compañía de Jesús con la Univer- sidad de Salamanca ..., p. 497.
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