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LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA Y EL CONTROL DE LA TEOLOGÍA... 65 ad finem). Y, unos años más tarde, en 1594, seguía con la II a -II ae , qq. 57-68: De Iure et Iustitia decisiones . La implicación directa de los dominicos de San Esteban en la publicación queda de manifiesto en el hecho de que tres de sus obras, en estos años, pasan por la rotativa existente en el mismo convento, dando clara muestra de la importancia que para ellos tenía la difusión de dicha obra y de la Teología en ella formulada. Por otra parte, el detalle de la imprenta también nos hace caer en la cuenta de que, los mismos maestros dominicos, querían mante- ner un control directo sobre la obra y doctrina que eran propuestas, dejando así al margen cualquier riesgo de disensión. Aun con todo el empeño de Báñez y los conventuales de San Esteban en la impre- sión de la obra, ésta no pudo ser culminada, puesto que él mismo prometía un tercer tomo sobre la II a -II ae ( De religione, fortitudine, temperantia ) 17 . La celeridad de Báñez por ver su comentario impreso nos intro- duce también en el conflicto por la identidad de los autores de los comentarios, de cara a la publicación de la obra. El dominico se está refiriendo a alguien que, valiéndose de los manuscritos de los maes- tros dominicos, los estaba organizando en nombre propio para lle- varlos a la imprenta, por lo que justifica publicar lo que él denomina viejas y nuevas meditaciones , por tenerlas ya preparadas, lo que explicaría que en esta ocasión tampoco se siga el orden lógico en la edición impresa 18 . Báñez refiere una obra impresa con comentarios semejantes, aunque él concluirá por considerar que lo importante es que se anuncie la verdad. En este sentido, sí parece que existen ciertas coincidencias entre su obra y la de Pedro de Aragón 19 , aun- que éstas podrían encontrarse también con otros autores 20 . Por otra 17 Ehrle afirma que los materiales con que pensaba elaborar esta parte pa- saron a Rafael de la Torre, quien en 1612 publicó dos tomos sobre esta materia. Cf. F. Ehrle, “Los manuscritos vaticanos de los teólogos salmantinos del siglo XVI (Conclusión)”, en Estudios Eclesiásticos 9 (1930) 162. 18 Cf. D. Báñez, Scholastica Commentaria in Secundam Secundae. De fide, spe et charitate ..., S. Stephanum, Salmanticae 1584, prol. 19 Cf. P. de Aragón, Commentaria in Secundam Secundae D. Thomae Doctor Angelici. De Fide, Spe et Charitate , Salmanticae 1584, prol. 20 Parece que la razón se encuentra en la inspiración a partir de fuentes comunes. De todos modos sí parece interesante resaltar lo que sigue: “Estos dos autores siguen en sus tratados, al igual que había hecho Aragón, el mismo orden de santo Tomás y ambos hacen preceder a la q. 62 el tratado De Dominio ; además, si confrontamos estos dos tratados con el De Iustitia et Iure de Aragón, nos damos cuenta que aparte de tratar los mismos problemas e incluso de forma idéntica,

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