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va de 1808 a 1814. Los términos por él propuestos son los de «tradición» y «reforma», que recupera desde la historia del pensamiento político, que es su campo de especialización. Para este autor el primer liberalismo espa- ñol supuso: «Una amalgama de doctrinas y normas políticas que, al socaire de la invasión napoleónica, fueron recuperadas y/o repensadas por un reducido grupo de eclesiásticos, abogados, funcionarios y algunos nobles, quienes, decididos a terminar con el marasmo político-institucional que había caracte- rizado a la última etapa del reinado de Carlos IV, elaboraron e iniciaron la puesta en práctica (con las enormes limitaciones que la precaria situación del momento imponía) de una serie de disposiciones jurídicas que significa- ban una transformación radical de la política y de la sociedad españolas. En el ámbito político, estas disposiciones incluían la limitación del poder real a través de unas cortes elegidas mediante elecciones de índole democrática… El radicalismo de la transformación mencionada no implicaba, sin embargo, la ausencia de elementos netamente tradicionales en aspectos de tanta tras- cendencia como la libertad religiosa» 115 . De esta manera, se pone en evidencia que todos los elementos y acontecimientos que entran en juego aportan algo a la orquestación de hechos que se suceden en estos años. Ya usemos los términos de absolu- tismo (referido a los peninsulares) y el de liberalismo (a los americanos), como conceptos clásicos o los de tradicionalismo y reformismo, lo que queda especialmente patente es el hecho de que, en la etapa comprendi- da entre 1808 y 1814, no se dan posturas ideológicas extremas en el con- junto de la sociedad. Cuando esto sucede, se refiere a individuos, de manera personal, sin reflejar el sentir social. Pero, además, no olvidemos, estas posturas no son sólo por parte de los insurgentes 116 , sino que tam- bién las encontramos en los regalistas 117 . ¿Era una nueva muestra de la vehemencia española? El paso siguiente, por oposición, será el intento de justificación de la propia soberanía, que encontrará un recurso adecuado en las clásicas tertu- lias que ahora son acompañadas por la lectura de la prensa; elementos que sirven a un común denominador. De las minorías se pasa a un conjunto nada desdeñable de la sociedad, que tiene una de sus fórmulas de organi- Confluencias teóricas y prácticas heterogéneas … 47 115 Ibid., 30-31. 116 Citamos, a modo de ejemplo, los casos de los dos curas de la Nueva España, Miguel Hidalgo y Manuel Morelos. 117 Es el caso concreto del obispo de La Paz, Remigio de la Santa y Ortega, sobre el que volveremos en otros trabajos, o del mismo Gabriel de Yermo, al que ya hemos aludido anterior- mente.

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